Un vecino de Gijón logra cancelar una deuda de 83.000 euros: acumuló préstamos tras el fracaso de su negocio y un divorcio

Jose Coto REDACCIÓN

ASTURIAS

Un magistrado vestido con la tradicional toga.
Un magistrado vestido con la tradicional toga. Javier Etxezarreta | Efe

El hombre solicitó financiación para abrir el local y adaptarlo, pero cerró en el plazo de dos años

23 jul 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Un hombre de Gijón ha conseguido cancelar una deuda de 83.820 euros acogiéndose a la Ley de Segunda Oportunidad. El procedimiento ha sido gestionado por el despacho Repara tu Deuda Abogados, especializado en la aplicación de esta normativa.

Según detalla el bufete, la situación de insolvencia del afectado se originó al emprender un negocio de alimentación para mascotas. Solicitó financiación para abrir el local y adaptarlo, pero la falta de rentabilidad obligó al cierre de la tienda, tanto física como online, en el plazo de dos años. Poco después, atravesó un proceso de divorcio y tuvo que asumir el pago del alquiler de una nueva vivienda, además del cuidado de sus dos hijos.

Ante la imposibilidad de hacer frente a los créditos anteriores y los nuevos gastos familiares, el afectado pidió más préstamos, lo que agravó su situación hasta entrar en un proceso de sobreendeudamiento. Finalmente, decidió acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, mecanismo que permite a particulares y autónomos liberarse de sus deudas si cumplen ciertos requisitos legales.

Desde el despacho señalan que este tipo de casos son cada vez más frecuentes entre personas que, tras afrontar contratiempos laborales, personales o de salud, se ven atrapadas en una espiral de deudas. Entre los beneficios de la exoneración se encuentran la salida de los listados de morosos, el fin de los embargos, la posibilidad de solicitar nueva financiación y registrar bienes a nombre propio sin riesgo de ser embargados.

La Ley de Segunda Oportunidad, en vigor desde 2015, establece que pueden acogerse a ella tanto personas físicas como trabajadores autónomos que se encuentren en situación de insolvencia actual o inminente, siempre que no hayan sido condenados por delitos socioeconómicos en los últimos diez años y que actúen de buena fe, aportando toda la documentación y sin ocultar patrimonio o ingresos.