Los tribunales deniegan la incapacidad a un lotero asturiano que tiene que ir al baño cada dos horas

Marcos Gutiérrez REDACCIÓN

ASTURIAS

Tribunal Superior de Justicia de Asturias
Tribunal Superior de Justicia de Asturias

Esta persona, aquejada por una enfermedad diverticular, fue intervenida varias veces en 2022, dejándole las operaciones secuelas como cansancio extremo y «una necesidad de efectuar deposiciones» con mucha frecuencia y «ocasional urgencia». El Tribunal Superior de Justicia de Asturias argumenta que esos síntomas no son «incompatibles» con el desempeño de su actividad

31 jul 2025 . Actualizado a las 11:54 h.

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado las pretensiones de un vendedor de lotería de Asturias que pretendía el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta para el desempeño de su labor. El motivo por el que solicitaba esto es por su incapacidad de realizar su trabajo sin tener que ir aproximadamente cada dos o tres horas al baño. Se trata de una decisión judicial frente al recurso de suplicación contra la sentencia dictada el 18 de marzo de 2024 por el Juzgado de lo Social número 2 de Avilés en un procedimiento frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En este caso, el profesional buscaba el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta para la profesión habitual de administrador de tienda de lotería. El 10 de abril de 2023 el INSS denegó al trabajador esta cuestión por «no alcanzar» las lesiones que padece «un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente».

Este vendedor de lotería asturiano fue intervenido el 20 de octubre de 2022 por una enfermedad diverticular, realizándose colostomía terminal. En el informe médico aportado por el por el servicio de cirugía general y digestivo del Hospital San Agustín de Avilés se apunta que el 23 de febrero de 2022 se le realiza una sigmoidectomía laparoscópica, tras la que, el uno de marzo del mismo año, fue intervenido de nuevo, en este caso por peritonitis. El 21 de octubre de 2022 se realiza una nueva operación para el cierre de la colostomía.

El centro sanitario también explica que esta persona presenta como secuelas y/o limitaciones derivadas de la misma «una necesidad de efectuar deposiciones cada 2-3 horas con ocasional urgencia» y sensación persistente de incomodidad. Esta persona, además, cita como una de las consecuencias de su problema de salud astenia (falta o decaimiento de fuerzas) recurrente.

La sala de lo Social del TSJA determina en los fundamentos de derecho de la sentencia que las limitaciones derivadas de esos síntomas «no resultan incompatibles con el desempeño de cualquier actividad profesional», sino únicamente de aquellas que, por sus características, «impidan el acceso a un aseo en los momentos en que se requiera».

La sentencia del TSJA continúa argumentando que la actividad desempeñada por el demandante en una administración de lotería «no se encuentra» entre estas actividades, razón por la cual «no procede» el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta reclamada, debiendo desestimarse el recurso interpuesto y «confirmarse la sentencia impugnada».

De acuerdo con lo que establece el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la incapacidad permanente absoluta es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. En el caso de la base reguladora que sirve para calcular la pensión de incapacidad permanente absoluta es de 1.607,14 euros al mes y se aplica el 100% de la misma.