El anteproyecto incorpora restricciones a los vapeadores y tabaco calentado, prohíbe dispositivos de un solo uso y veta los cigarrillos de cualquier tipo en las terrazas de los bares
18 oct 2025 . Actualizado a las 05:00 h.El Gobierno ha dado el primer paso para modificar de forma sustancial la legislación en torno al tabaco con la aprobación de un anteproyecto que, básicamente, busca dificultar aún más el consumo de tabaco entre los ciudadanos. Una de las grandes novedades es la inclusión de los llamados productos relacionados y dispositivos de consumo. Pertenecen a esta categoría los cigarrillos electrónicos, los productos de tabaco calentado y otros dispositivos que han proliferado en los últimos años, especialmente entre los jóvenes, y que presentan un doble peligro: por una parte, no son saludables por sí mismos y, por otra, pueden servir como puerta de entrada al consumo de tabaco tradicional.
La ley prevé sanciones para los adolescentes que fumen tabaco o utilicen vapeadores, incluso si no llevan nicotina, y serán sus padres quienes paguen la multa
La gran novedad respecto a estos productos es que ya no solo se prohíbe su venta a menores, sino que éstos tendrán prohibido expresamente su consumo. La ley prevé sanciones para los adolescentes que utilicen vapeadores, incluso si no contienen nicotina, o dispositivos de tabaco calentado. También se prohíben expresamente los dispositivos desechables, cuyo uso ha crecido extraordinariamente en los últimos tiempos debido a su bajo precio y facilidad de uso. En este caso, además de la salud, entra en juego la sostenibilidad: este tipo de aparatos genera residuos difíciles de reciclar y con un gran impacto ambiental.
Otra de las medidas más relevantes, quizá la más polémica, es la ampliación de los espacios libres de humo. Una vez que se apruebe la norma, estará prohibido fumar o vapear en las terrazas de bares y restaurantes, así como en los exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales, en parques infantiles, instalaciones deportivas, espectáculos al aire libre, y estaciones, marquesinas o paradas de transporte público. La norma establece un perímetro de quince metros en torno a los accesos de edificios como centros educativos, culturales o sanitarios y parques infantiles. Solo se podrá fumar fuera de ese perímetro. Además, los establecimientos estarán obligados a colocar señalización clara y visible en todos los espacios donde esté prohibido fumar o vapear.
Por otra parte, se establecen también restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio. El texto extiende la prohibición a cualquier modalidad de comunicación, tanto directa como indirecta, de todos los productos relacionados con el tabaco, incluidos los dispositivos electrónicos y sus recambios. Con esta medida se pretende frenar las estrategias de marketing dirigidas al público joven a través de canales digitales.
En cuanto al régimen sancionador, la nueva ley endurece las sanciones de forma considerable. Aunque fumar en lugares prohibidos seguirá considerándose una infracción leve, con multas de entre 100 y 600 euros, se revisan al alza las infracciones graves y muy graves, que pueden alcanzar hasta los 600.000 euros en los casos más extremos. La norma incluye además una particularidad respecto a los menores: si son sorprendidos consumiendo estos productos, la responsabilidad recaerá de forma subsidiaria sobre sus padres o tutores, que deberán afrontar las sanciones si los menores no pueden hacerlo.
El texto incorpora asimismo la reactivación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, un organismo que había desaparecido en 2014 y que ahora se recupera con la misión de coordinar la acción institucional, recopilar datos, evaluar el impacto de las medidas y proponer mejoras.
Un debate que sigue abierto es el del llamado empaquetado genérico o neutro, que implica que todas las cajetillas tengan el mismo diseño estandarizado, sin logotipos, colores corporativos ni elementos atractivos de marca. En ellas solo podrían mostrarse las advertencias sanitarias, el nombre del producto en tipografía neutra y un fondo uniforme. El objetivo de esta medida es reducir el atractivo del tabaco, impedir la publicidad encubierta a través del envase y reforzar el impacto de las advertencias de salud.
El empaquetado neutro, con diseño estandarizado sin logotipos ni elementos de marca, ha quedado fuera del anteproyecto, pero podría incorporarse con una emienda
La obligación del empaquetado neutro no está recogida en el anteproyecto, pero se estudia la posibilidad de incluirla en la nueva ley a través de enmiendas. Esta medida ha sido aplicada ya en más de una veintena de países, aparentemente con buenos resultados. La industria tabacalera la rechaza porque considera que atenta contra los derechos de marca y, además, facilita la proliferación de falsificaciones. Por su parte, las organizaciones sanitarias y asociaciones médicas consideran que el empaquetado neutro es una herramienta eficaz para reducir el atractivo del tabaco, especialmente entre los jóvenes.
Más allá de que prospere o no este tipo de empaquetado, lo cierto es que la ley refleja varios cambios sustanciales en el etiquetado y empaquetado. Por lo pronto, el sistema actual de advertencias sanitarias combinadas se mantiene y refuerza. Las cajetillas deben incluir advertencias que cubran el 65% de las superficies anterior y posterior, combinando texto y fotografías en color que ilustren los efectos nocivos del tabaquismo. También se establece la advertencia general «Fumar mata» y el mensaje informativo «El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas», que deben cubrir el 50% de las superficies laterales y estar impresos en tipografía helvética negra sobre fondo blanco.
La gran novedad del etiquetado está en los productos que hasta ahora no estaban regulados. Los cigarrillos electrónicos sin nicotina deberán incluir por primera vez una lista completa de ingredientes y la advertencia sanitaria «Consumir este producto es nocivo para su salud», así como un folleto informativo sobre uso y efectos adversos, entre otras cuestiones. Las bolsas de nicotina para uso oral deberán incorporar advertencias sanitarias claras e información detallada sobre su composición, y los aromatizantes de cigarrillos electrónicos solo podrán tener aromas de tabaco y un envasado de color único, en tonos que serán regulados por una orden ministerial. Finalmente, todos los productos deberán incluir información de contacto para programas de abandono del tabaquismo.
La reforma, presentada el pasado 9 de septiembre, inicia un largo recorrido parlamentario antes de su aprobación definitiva. Tras la aprobación inicial, el anteproyecto deberá regresar al Consejo de Ministros para una segunda revisión y convertirse en proyecto de ley. Posteriormente, pasará por el Congreso de los Diputados y el Senado, donde se abrirán los plazos de enmiendas y debate. Solo después de superar estos trámites se publicará en el Boletín Oficial del Estado. La disposición final del texto establece que la entrada en vigor será a los veinte días de esa publicación, aunque algunas medidas dispondrán de un periodo transitorio de doce meses para que los fabricantes, los comercios y las administraciones puedan adaptarse. En la práctica, los primeros efectos podrían verse en 2026, dependiendo de la rapidez con que avance la tramitación parlamentaria.
La industria del tabaco considera excesivas las restricciones y los hoteleros advierten de posible disminución de la competitividad turística y de riesgo de pérdida de empleo
El anteproyecto ha generado reacciones dispares. Mientras las asociaciones sanitarias celebran la ampliación de los espacios libres de humo y la prohibición de los dispositivos desechables, la industria tabacalera alerta de que la norma puede provocar un aumento del contrabando y del mercado ilegal, y el sector hostelero advierte de un posible impacto negativo en la competitividad turística y el empleo.
En cualquier caso, la reforma supone la actualización más ambiciosa de la normativa antitabaco en dos décadas. El mercado ha cambiado radicalmente en los últimos años con la aparición de los cigarrillos electrónicos y otros productos no contemplados en la ley actual, y la reforma pretende dar respuesta a esta nueva realidad, además de alinearse con los objetivos europeos de reducir la prevalencia del tabaquismo por debajo del 5% para 2040.