Le rompió las gafas y le provocó varias lesiones: condenado por empujar a una mujer a la salida de un pub en Llanes
ASTURIAS
La Audiencia Provincial desestima el recurso del agresor, que deberá pagar una multa y una indemnización de 884 euros tras dejar a la víctima 17 días impedida por las lesiones sufridas
20 mar 2026 . Actualizado a las 05:00 h.Las luces de un pub en Llanes fueron testigos, en la madrugada del pasado 24 de marzo de 2024, de un altercado que ha terminado con una condena en firme ratificada por la justicia asturiana. Lo que comenzó como una discusión acabó con una mujer en el suelo, unas gafas rotas y una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que confirma la responsabilidad penal de un hombre por un delito leve de lesiones.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha dictado una sentencia en la que desestima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el condenado. El documento ratifica el fallo del Juzgado de Instancia de Llanes, que consideró probado que el acusado, sobre las 05:00 horas, empujó a una mujer «sin mediar palabra y con ánimo de menoscabar su integridad física» mientras ella y su hermana discutían con una tercera persona.
Como consecuencia de la caída, la víctima sufrió «excoriación en la mejilla derecha, hematoma en el hombro derecho, hematoma en la palma de la mano derecha y rotura de sus gafas de vista. Estas lesiones requirieron 17 días para su curación, todos ellos considerados como «impeditivos para sus ocupaciones habituales».
La justicia mantiene la condena original para el hombre, que incluye una pena de un mes de multa con una cuota diaria de ocho euros (un total de 240 euros). Además, el agresor deberá abonar a la víctima 884 euros en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas. A esta cantidad se sumará el valor de sustitución de las gafas rotas, cuya cuantía exacta se determinará en la ejecución de la sentencia. El tribunal también ha impuesto al recurrente el pago de las costas procesales de la apelación.
El tribunal rechaza los argumentos de la defensa
El acusado alegó en su recurso un error en la apreciación de las pruebas y una supuesta indefensión por no haber tenido acceso a ciertas fotografías o facturas. Sin embargo, la magistrada ponente destaca que el testimonio de la denunciante fue «firme y persistente» y que las lesiones son «plenamente compatibles con la mecánica comisiva descrita».
La resolución judicial subraya que no hubo vulneración de derechos, ya que el recurrente no solicitó en su momento la práctica de las pruebas que ahora dice desconocer. Por todo ello, la Audiencia concluye que la valoración de la jueza de instancia fue «correcta» y que existen pruebas de cargo suficientes para «enervar la presunción de inocencia».