Así será la Ley de Puertos de Asturias: limitaciones al baño y subastas de elementos abandonados
ASTURIAS
El anteproyecto se encuentra en fase de información pública, abriendo un proceso que aún será largo antes de su eventual aprobación definitiva en la Junta General
27 abr 2026 . Actualizado a las 05:00 h.El Principado de Asturias ha dado el primer paso para dotarse, por fin, de una norma propia que ordene de manera integral su red de puertos autonómicos. El anteproyecto de Ley de Puertos, impulsado por el Gobierno regional, ha entrado ya en fase de información pública, abriendo un proceso que aún será largo antes de su eventual aprobación definitiva en la Junta General. Se trata de una iniciativa largamente esperada en el ámbito portuario asturiano, que hasta ahora se regía, en gran medida, por una legislación estatal concebida para instalaciones de mayor envergadura y distinta realidad.
La futura norma se aplicará exclusivamente a los 24 puertos de titularidad autonómica, dejando fuera a los grandes enclaves de interés general, como los de Gijón y Avilés, que continúan bajo el paraguas estatal. Este aspecto delimita con claridad el alcance de la ley y refuerza su vocación: adaptar el marco regulador a las características específicas de los puertos asturianos, más vinculados a la actividad pesquera, deportiva o local que a los grandes tráficos comerciales.
Uno de los elementos que el Ejecutivo ha querido subrayar es el impacto económico de la norma, que califica de «nulo o testimonial». La ley no implicará la creación de nuevos órganos administrativos ni supondrá un incremento de plantilla, y tampoco alterará el régimen de tasas y cánones actualmente vigente. En la práctica, esto significa que la nueva regulación no conllevará ni un aumento del gasto ni una mejora directa de los ingresos públicos.
Más allá de este enfoque de contención, el anteproyecto introduce cambios de calado en la gestión y control de las instalaciones. El más significativo se encuentra en el régimen sancionador, que por primera vez será propio y específico para Asturias. Hasta ahora, las infracciones se regían por una normativa estatal pensada para grandes puertos, lo que generaba desajustes evidentes. La nueva ley establece una clasificación de infracciones en leves, graves y muy graves, con sanciones que, aunque pueden alcanzar los 300.000 euros en los casos más extremos, se ajustan en general a la escala y actividad de los recintos autonómicos.
En la práctica, esto permitirá tipificar con mayor precisión conductas habituales en estos espacios, desde incumplimientos básicos de uso o estacionamientos indebidos hasta actuaciones que comprometan la seguridad o provoquen daños en las infraestructuras. A ello se suma la introducción de las llamadas multas coercitivas reiteradas, un instrumento que permitirá a la Administración presionar al infractor mediante sanciones sucesivas hasta que cumpla con lo ordenado, algo especialmente relevante en casos de ocupaciones indebidas o falta de retirada de elementos.
Otro de los avances destacados es la regulación expresa de los elementos abandonados en los puertos, una problemática frecuente que hasta ahora carecía de un marco claro. El anteproyecto habilita a la Administración para actuar con mayor agilidad, desde la retirada y depósito de embarcaciones, vehículos o maquinaria, hasta su subasta, reutilización en el servicio público o incluso su desguace. El objetivo es doble: liberar espacio y evitar el deterioro progresivo de las instalaciones.
El refuerzo del control se completa con una medida que busca mejorar la eficacia sobre el terreno, el reconocimiento del personal del Servicio de Puertos como agentes de la autoridad. Esta condición permitirá formular denuncias directamente y agilizar la tramitación de infracciones, acercando la capacidad de inspección a la realidad diaria de los recintos portuarios.
La norma también introduce prohibiciones concretas orientadas a la seguridad, como la limitación del baño en zonas portuarias cuando pueda interferir con la actividad o generar riesgos. Se trata de una regulación más detallada de usos que pretende compatibilizar la actividad portuaria con otras prácticas habituales en estos espacios.
Pese a este endurecimiento del marco sancionador y al refuerzo de los mecanismos de control, el propio anteproyecto reconoce que el impacto recaudatorio será limitado, ya que la mayoría de infracciones detectadas en la actualidad son de carácter leve. En este sentido, la ley se presenta más como una herramienta de ordenación y gestión que como un instrumento para incrementar ingresos. Con la apertura del periodo de información pública, ciudadanos, colectivos y sectores implicados disponen ahora de veinte días para presentar alegaciones. Será el primer filtro de una tramitación que aún deberá superar el debate parlamentario.