Las cámaras del banco la identificaron aprovechándose del despiste del usuario que la precedió
28 abr 2026 . Actualizado a las 22:04 h.La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a una mujer a pagar 450 euros de multa y a abonar una indemnización de 900 euros a la víctima, como autora de un delito leve de apropiación indebida.
Se considera probado que el 24 de junio del 2022 la mujer, que tenía entonces unos 75 años, accedió a un cajero automático de la localidad asturiana de Navia, donde otro cliente que había usado la máquina previamente se había dejado por despiste 900 euros en billetes. Al tardar en reintegrar el dinero, la víctima acudió a las oficinas y lo sacó presencialmente, y fue cuando revisó los movimientos de su cuenta cuando se dio cuenta, que el recargo de esa cantidad figuraba por duplicado.
En lugar de avisar, «la acusada cogió el dinero y se lo llevó, haciéndolo suyo con evidente ánimo de obtener un beneficio irregular».
Alegaba la condenada en su recurso, que fue estimado parcialmente, que no se daban en los hechos constitutivos de delito todos los elementos que integran del tipo de apropiación indebida, solicitando en último caso una condena por hurto, y en primer lugar la absolución, ya que negaba haberse encontrado con el dinero y haberse apropiado de él.
La Audiencia le da la razón en parte en rebajar a leve la calificación del tipo penal pero rechaza eximirla porque el visionado de las imágenes del banco sirvió para identificarla sin dudas, y se pudo apreciar cómo «introdujo el dinero en su bolso, sacando del mismo a continuación su libreta bancaria y comenzando a operar en el cajero con ella».