Despedido un conductor de autobús por no usar una app de trabajo que no sabía manejar: deberán pagarle 44.000 euros
ASTURIAS
La empresa implantó un sistema digital destinado al embarque y control de pasajeros y se ordenó a la plantilla utilizarlo, sin embargo «la empresa no dio formación a los trabajadores», por lo que el cese fue declarado improcedente
12 may 2026 . Actualizado a las 13:06 h.Un conductor de autobús que cubría la ruta entre Gijón y Burgos fue despedido disciplinariamente después de meses de conflicto con su empresa por negarse a utilizar un nuevo sistema digital de control de viajeros. Sin embargo, la Justicia ha terminado dándole la razón. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado que aquel despido fue improcedente porque la compañía implantó la nueva herramienta tecnológica sin proporcionar la formación necesaria para que el trabajador pudiera usarla con normalidad, una circunstancia clave que, a ojos del tribunal, elimina la culpabilidad exigible para justificar una expulsión disciplinaria del empleo.
El empleado llevaba en la empresa desde 2006, con casi dos décadas de experiencia al volante. Su trabajo consistía en realizar el trayecto entre Asturias y Castilla y León, recogiendo y depositando el vehículo en las instalaciones de la compañía. Era, en definitiva, un conductor con una larga trayectoria profesional detrás.
El conflicto estalló cuando la empresa implantó en febrero de 2023 un nuevo sistema digital denominado ITOS, destinado al embarque y control de pasajeros. Según la versión empresarial, se ordenó a la plantilla utilizarlo y se recordó en varias ocasiones su obligatoriedad. Pero la versión del conductor, que terminó siendo asumida por los tribunales, era bien distinta. No sabía utilizarlo porque nadie le había enseñado. De hecho, comunicó a la dirección que «debía ser formado para el uso del sistema ITOS» y advirtió también de que «no puede utilizar el sistema al carecer de formación y contraseñas». Pese a ello, esa situación no se corrigió.
La resolución judicial considera probado que la empresa puso en marcha la herramienta, pero dejó que los propios trabajadores aprendiesen por su cuenta. La sentencia recoge de forma expresa que «la empresa no dio formación a los trabajadores sino que tras la implantación del nuevo sistema digital (...) son ellos mismos los que lograron adiestrarse para ponerlo en funcionamiento, lo que depende de la capacidad de cada uno».
El empleado fue primero sancionado y, finalmente, despedido disciplinariamente en octubre de 2023. La compañía sostenía que había existido una «desobediencia reiterada, grave y culpable» a órdenes legítimas de la empresa. Jurídicamente, esa es una de las causas que puede justificar un despido disciplinario. Pero para que prospere debe acreditarse que el incumplimiento fue voluntario, consciente y suficientemente grave.
Ahí es donde el argumento empresarial se desplomó. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias avala el razonamiento ya fijado por el juzgado de Gijón: «No existe culpabilidad porque la empresa no dotó al actor de la formación necesaria para el uso de una nueva herramienta en su desempeño que no formaba parte de las habituales». Además, añade otro reproche relevante. La empresa comprobó durante meses que ese conductor no estaba usando el sistema y, aun así, «fueron obviadas las quejas del actor». Es decir, conocía el problema y no actuó para resolverlo.
La Sala recuerda que un trabajador debe obedecer las órdenes empresariales cuando son legítimas, pero también deja claro que la sanción máxima del despido exige gravedad y culpabilidad. Si falta ese componente de responsabilidad personal, la medida cae. Con esa conclusión, el despido queda definitivamente declarado improcedente. La empresa deberá elegir entre readmitir al conductor en su mismo puesto, con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido, o indemnizarlo con 44.288 euros.