Contagia el VIH a su novia de 16 años tras ocultarle su enfermedad: condenado a dos años y medio de cárcel

Sergio Muñoz Solís
Sergio M. Solís REDACCIÓN

ASTURIAS

Audiencia provincial de Asturias
Audiencia provincial de Asturias Juan González | EFE

El acusado conocía desde su nacimiento que padecía la infección y había abandonado el tratamiento médico meses antes de los hechos

25 jun 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a dos años y medio de prisión a un joven que contagió el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) a su pareja, una menor de 16 años en el momento de los hechos, después de mantener con ella relaciones sexuales sin protección y sin informarle de que padecía la enfermedad. La sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia con sede en Oviedo, considera acreditado que el acusado conocía perfectamente su situación médica y también el riesgo de transmisión asociado a las relaciones sexuales sin preservativo.

Los hechos se remontan a 2022. Según recoge la resolución judicial, la relación sentimental entre ambos se desarrolló entre febrero y julio de ese año. Durante ese periodo, el joven mantuvo con la adolescente numerosas relaciones sexuales sin utilizar métodos de protección y sin comunicarle que era portador del VIH. Los magistrados consideran probado que el acusado estaba diagnosticado desde su nacimiento, ya que había adquirido la infección por transmisión vertical, es decir, de madre a hijo durante el embarazo, el parto o la lactancia.

La sentencia destaca además que el procesado estaba sometido a tratamiento médico y que era plenamente consciente de la posibilidad de transmitir el virus. De hecho, el tribunal señala expresamente que era «conocedor de que podía transmitirlo a través de relaciones sexuales sin protección». Sin embargo, también recoge que llevaba años manteniendo una relación irregular con la medicación prescrita. Según los hechos probados, había abandonado el tratamiento en abril de 2021 y no volvió a retomarlo hasta septiembre de 2022, cuando la relación con la menor ya había finalizado.

Para la Audiencia, durante aquellos meses el acusado «mantuvo con la víctima reiteradas relaciones sexuales sin utilizar preservativo y sin haberla informado en ningún momento de que padecía la citada enfermedad». La joven acabó resultando contagiada. El diagnóstico llegó en mayo de 2022, después de que tuviera conocimiento de que su pareja era portadora del virus y se sometiera a las correspondientes pruebas médicas.

Las consecuencias de aquella transmisión siguen presentes hoy. La resolución judicial indica que la víctima padece actualmente «infección por el virus de la Inmunodeficiencia Humana en fase A2 (paciente en fase precoz de la infección)». Como consecuencia de ello, debe seguir un tratamiento farmacológico de carácter crónico y someterse a controles médicos periódicos.

El procedimiento judicial se inició en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Gijón. Ya durante la instrucción se adoptaron medidas cautelares para proteger a la menor. En noviembre de 2022 se acordó prohibir al acusado acercarse a ella y comunicarse por cualquier medio.

La causa llegó posteriormente a la Audiencia Provincial. Durante la vista oral, el acusado reconoció los hechos. Ese reconocimiento resultó determinante para la condena y permitió alcanzar una conformidad entre las partes. Tanto la Fiscalía como la acusación particular sostuvieron que los hechos constituían un delito de lesiones graves del artículo 149 del Código Penal. La defensa mostró su conformidad con esa calificación jurídica.

La sentencia también tuvo en cuenta varias circunstancias atenuantes. Por un lado, los magistrados apreciaron una alteración psíquica relacionada con diversos trastornos diagnosticados. Por otro, valoraron la existencia de problemas de drogadicción. El tribunal recoge que en el momento de los hechos el acusado tenía disminuidas sus capacidades debido al consumo de cocaína, cannabis, alucinógenos, alcohol y otras sustancias. Además, se tuvo en consideración una tercera atenuante de reparación del daño, ya que había consignado 5.000 euros y asumido el compromiso de abonar otros 20.000 euros a partir de junio de 2026.

Con estos elementos sobre la mesa, la Audiencia condenó al acusado como autor de un delito de lesiones a la pena de dos años y seis meses de prisión. Además, le impuso la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, centro de estudios, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que frecuente, así como la prohibición de comunicarse con ella durante cuatro años. En el ámbito económico, la sentencia establece una indemnización de 25.000 euros para la joven por los daños sufridos, cantidad a la que deberán añadirse los intereses legales correspondientes.