Respaldo de los tribunales a que el médico de la selección española dé nombre a un campo de fútbol en Asturias

La Voz VALDÉS / LA VOZ

ASTURIAS

Óscar Luis Celada, a la derecha, en una recepción en Gijón tras el Mundial 2026
Óscar Luis Celada, a la derecha, en una recepción en Gijón tras el Mundial 2026 Juan González | EFE

El TSJA valida la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Valdés de homenajear al luarqués Óscar Luis Celada, exfutbolista de Primera

13 ago 2026 . Actualizado a las 22:07 h.

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado el recurso interpuesto por la Parroquia Rural de Barcia y Leiján y de este modo respalda la decisión del Ayuntamiento de Valdés de cambiar el nombre de un campo de fútbol en Barcia, bautizándolo como Óscar Luis Celada, luarqués, médico de la selección española de fútbol y exfutbolista de Primera División, pues compitió en su día en la máxima categoría con equipos como el Spórting de Gijón o el Real Zaragoza.

El Pleno adoptó el 12 de febrero del año pasado un acuerdo para renombrar el campo, hasta entonces denominado San Sebastián II. Lo hizo a petición del Valdés ACF para homenajear «a la persona más importante que en el ámbito del fútbol ha dado el ayuntamiento valdesano». La inauguración fue el 29 de mayo de ese ejercicio, y contó con la presencia del facultativo del combinado nacional campeón del mundo.

El acto se vio ensombrecido por una concentración, protesta que tenía por objetivo reclamar que se mantuviese el antiguo nombre. Con la misma intención acudió a los tribunales la junta parroquial, que en el 2010 había cedido en uso al Concejo los terrenos por un período de 30 años, con el fin de construir en las parcelas un segundo campo de fútbol de hierba artificial.

Un año antes, el Principado y el Ayuntamiento de Valdés suscribieron un convenio para la construcción de la instalación deportiva, acuerdo en el que se especificaba que «la gestión y futura explotación del campo de fútbol será responsabilidad y competencia exclusiva del Concejo valdesano».

Discutían los comuneros la potestad del Ayuntamiento para cambiar el nombre del campo sintético. Recordaban que conforme a la Ley de Montes las administraciones locales no ejercen competencias sobre los montes de utilidad pública, como aquel sobre el que se levantó la instalación deportiva, propiedad de la Parroquia de Barcia y Leiján. Además, indicaban que el acuerdo entre la asociación y el Ayuntamiento no llegó a firmarse.

De este modo, razonaba la parroquia, «el campo se erige sobre un monte de utilidad pública, careciendo el Concejo de título de cesión preconizado, por lo que no puede tener propiedad alguna ni consecuentemente, ejercer competencia alguna de gestión». Así, apuntaba a una presunta «desviación de poder».

El TSJA ratifica la decisión del Juzgado de lo Contencioso 4 de Oviedo. Expone que fue el Ayuntamiento quien construyó el campo merced al acuerdo con el Gobierno asturiano, y quien ha llevado a cabo su mantenimiento durante 15 años, siendo esta situación tolerada por la parroquia, incluso después de iniciarse la batalla judicial. Con esa probada implicación y uso de los terrenos, el Concejo tiene derecho «a cambiar el nombre a una instalación deportiva que gestiona y mantiene», sin que esta decisión «afecte ni al nombre ni a la propiedad de una finca de más de dos millones y medio de metros cuadrados sobre la que se asienta». Tampoco están en disputa, agrega, los méritos de Celada para merecer tal reconocimiento.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.