Vende un pinar, después traspasa la finca y reclama ahora 33.500 euros por la madera
ASTURIAS
Los tribunales rechazan su demanda contra una empresa forestal ya que perdió el interés legítimo para pleitear por el contrato
17 ago 2026 . Actualizado a las 22:51 h.La Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de apelación formulado por un hombre contra una empresa maderera, y de este modo respalda la decisión del Juzgado de Castropol, que rechazó disolver el contrato firmado en el 2019 por ambas partes.
Se considera probado que en febrero del 2019, el demandante y la empresa demandada suscribieron un contrato por el que el primero vendía a dicha sociedad limitada los árboles de la especie pino insigni-radiata situados en un monte de su propiedad, en el Occidente de Asturias. El precio acordado era de 9.500 euros, y el plazo de ejecución de los trabajos de 36 meses a contar desde el día siguiente al de la rúbrica del pacto.
Dos meses después, el demandante vendió la referida finca a otra mercantil, del ramo de la construcción. En el contrato se especificaba que la plantación de pino seguía figurando como vendida a la maderera y ambas partes estaban de acuerdo. Dicho pacto fue elevado a público en abril del 2021.
El 19 de diciembre del 2022, el antiguo dueño de la finca notificó a la maderera que el plazo para realizar la tala del arbolado había concluido, y de ese modo, según su versión, la madera en disputa seguía siendo de su propiedad. La maderera procedió a la corta el día siguiente. En este contexto, el demandante acudió a los tribunales, reclamando una indemnización por incumplimiento de contrato de 33.500 euros, teniendo en cuenta «los daños y perjuicios ocasionados. Al talar la madera de forma ilegal», alegaba, «se perdieron las ofertas que tenía y una suma de dinero importante».
En base a un informe pericial, exponía que «si el precio pactado cuando se firmó el contrato era de 9.500 euros, a fecha de resolución del mismo, el precio de la madera que fue ilegalmente talada por la empresa demandada ascendía a 32.406 euros. (...) La tala ilegal provocó la pérdida de una cantidad importante de dinero, que esta parte cifra en la diferencia entre los 32.406 euros a la fecha del incumplimiento contractual y la cantidad de 9.500 euros percibida. A ese importe se añaden 846 euros que tuvo que abonar el actor al solicitar la autorización municipal para el aprovechamiento de madera», concretaba.
La maderera argumentaba por su parte que el hecho de que el demandante vendiese la finca a un tercero implica que el retraso en la corta de madera no le puede causar perjuicio alguno.
La Audiencia ovetense da la razón a la demandada. «No cabe admitir que el antiguo dueño pueda pretender la resolución del contrato por incumplimiento de la maderera del plazo estipulado para talar los árboles, toda vez que el vendedor ha perdido interés legítimo en la evolución del acuerdo desde el momento en el que la propiedad de la finca afectada pasó a manos de una empresa de la construcción», razona. «Sería la compradora de la parcela la única que podría invocar un interés legítimo en que se respetara dicho plazo, pues los árboles se encuentran en su propiedad, pero no así el vendedor de la madera, cuya única expectativa derivada del contrato se limita a obtener el cobro del precio pactado en su momento», concluye. Cabe recurso de casación.