Una abogada asturiana deberá devolver más de 28.000 euros que estafó a un cliente con discapacidad intelectual

Manuel Noval Moro
Manuel Noval Moro REDACCIÓN

ASTURIAS

Audiencia Provincial de Oviedo
Audiencia Provincial de Oviedo Eloy Alonso | EFE

La letrada hizo creer al cliente y a su padre que debían pagar una multa para evitar su ingreso en prisión; no había tal multa y ella se quedó con el dinero

27 ago 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a una abogada a seis meses de prisión por un delito de estafa cometido contra un cliente asturiano con discapacidad intelectual y su padre, a quienes hizo entregar más de 22.000 euros en efectivo bajo el falso pretexto de que debían pagar una multa para evitar su ingreso en prisión. La sentencia condena también a la letrada a indemnizar a los perjudicados con 28.350,50 euros y a asumir las costas del procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

Los hechos se remontan a 2019, cuando la abogada asumió la defensa de un hombre diagnosticado de retraso mental leve en un procedimiento penal abierto por un delito de abusos sexuales a una menor de 16 años. El cliente acudía habitualmente al despacho de la letrada acompañado de su padre, dada su situación de vulnerabilidad. Según la sentencia, la abogada, «actuando con ánimo de ilícito enriquecimiento y a sabiendas de que no era cierto», convenció a padre e hijo de que, dada la gravedad de los hechos, la única forma de evitar el ingreso en prisión era abonar una multa cuyo importe total, según les explicó, «no podía concretar» porque debía «negociarlo con el juez». Les propuso, entonces, realizar pagos periódicos en efectivo directamente en su despacho, y ella sería quien los hiciera llegar al juzgado.

Convencidos de que aquellos pagos eran indispensables para evitar la cárcel, entregaron a la acusada, en efectivo y a lo largo de más de un año y medio, un total de 22.361 euros repartidos en once entregas. El procedimiento penal contra el cliente concluyó el 22 de septiembre de 2020. Una sentencia de conformidad le impuso una pena de seis meses de prisión. También le prohibió aproximarse y comunicarse con la víctima durante tres años y libertad vigilada por el mismo periodo. La pena de prisión quedó suspendida y condicionada a que no cometiera nuevos delitos durante dos años y a que realizara un programa de educación sexual.

A pesar de que el proceso había finalizado, la abogada no entregó a sus clientes copia de la sentencia ni de ninguna resolución posterior, alegando que lo haría una vez finalizada la ejecución de la condena. La situación se prolongó durante tres años, hasta que en septiembre de 2023 padre e hijo acudieron de nuevo al despacho para abonar los honorarios profesionales de la letrada y solicitarle la documentación del caso, incluidos los justificantes de aquel supuesto pago de multa al juzgado. La abogada no les entregó ningún documento, salvo una factura de honorarios por importe de 5.989,50 euros, que también fue abonada por los perjudicados.

Fue entonces cuando, al acudir a otro profesional, padre e hijo descubrieron que el juzgado nunca había reclamado el pago de multa alguna como condición para evitar la prisión, y que ella se había quedado con todo el dinero. Los afectados la denunciaron por un delito de estafa. En el juicio, celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia, la acusada y su defensa mostraron su conformidad tanto con la calificación de los hechos como con la pena solicitada y el importe de la responsabilidad civil, lo que permitió dictar sentencia oral en el acto. La abogada había consignado 30.000 euros para el pago de la responsabilidad civil antes del juicio e ingresado 4.050 euros adicionales para cubrir las costas de la acusación particular, y gracias a estos pagos se tuvo en cuenta el atenuante de reparación del daño. Fue entonces condenada como autora de un delito de estafa, con la atenuante de reparación, a seis meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo, y al pago de 28.350,50 euros de indemnización a los perjudicados, además de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

Al igual que ocurrió con el hombre al que había estafado, el ingreso en prisión se suspende, condicionado a que la abogada no vuelva a delinquir durante ese periodo, comunique al tribunal cualquier cambio de domicilio y acuda a los llamamientos que se le realicen. La sentencia fue declarada firme en el mismo acto del juicio, donde todas las partes renunciaron a recurrirla.