Una familia asturiana acaba en juicio con Educación porque no pasaron a su hijo a 4º de ESO con 6 suspensas y 34 días expulsado
ASTURIAS
Los padres sostenían que la falta de materiales durante las expulsiones había dejado al menor en una «situación de desventaja no imputable al alumno»
23 sep 2026 . Actualizado a las 05:00 h.Un alumno asturiano tendrá que repetir 3º de ESO después de que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) haya avalado la decisión del centro educativo de no permitirle pasar a 4º. El estudiante había suspendido seis asignaturas y, durante el curso, acumuló 34 días lectivos de expulsión por diferentes sanciones disciplinarias. Sus padres recurrieron la decisión al considerar que las ausencias habían perjudicado su aprendizaje y que el centro no había garantizado durante esos periodos el seguimiento de las materias. El TSJA, sin embargo, considera que sí recibió alternativas educativas y que no se ha demostrado que la evaluación fuera arbitraria.
El alumno cursaba 3º de ESO durante el curso 2024/2025. Según recoge la sentencia, sus necesidades educativas requerían medidas de apoyo y seguimiento individualizado. A lo largo del año fue sancionado en varias ocasiones y las expulsiones sumaron 34 días lectivos. Durante parte de ese tiempo, el profesorado le hizo llegar a través de la aplicación «Teams» instrucciones, esquemas, ejercicios y vídeos explicativos, aunque sus padres sostenían que ese apoyo no se había producido de forma uniforme en todas las asignaturas.
La familia defendió que la falta de determinados materiales y de una propuesta educativa compensatoria había impedido al menor alcanzar los criterios de evaluación. En su recurso sostuvo que todo ello había generado una «situación de desventaja no imputable al alumno» y llegó a hablar de una «negligencia probada y graduada» por parte de la Administración. Consideraba que esa situación había afectado directamente a las calificaciones y, por extensión, a la decisión de no promoción. Los padres también reclamaron una indemnización por responsabilidad patrimonial al entender que se había producido un «funcionamiento anormal del servicio público» educativo.
La Consejería de Educación del Principado de Asturias se opuso al recurso y defendió que tanto las calificaciones como la decisión de que el alumno permaneciera en 3º de ESO eran conformes a la normativa. La Junta de Evaluación había acordado por unanimidad que el alumno no pasara de curso. Había terminado con seis materias suspensas: cinco de 3º de ESO —Educación Plástica, Visual y Audiovisual; Lengua Castellana y Literatura; Tecnología y Digitalización; Educación en Valores Cívicos y Éticos; y Primera Lengua Extranjera Inglés— y una pendiente de 2º, Lengua Castellana y Literatura.
El equipo docente consideró que seis asignaturas suponían una carga demasiado elevada para que pudiera recuperarlas mientras afrontaba al mismo tiempo las materias de 4º. El informe también señalaba que la evolución escolar no había sido adecuada y que permanecer un año más en 3º podía ayudarle a alcanzar los aprendizajes que todavía no había adquirido. Además, apuntaba que varias de las materias suspendidas tenían carácter instrumental y que las dificultades en ellas podían afectar al seguimiento de otras asignaturas del curso siguiente. La decisión fue ratificada posteriormente y recibió también el respaldo del Servicio de Inspección. El tribunal señala, además, que los padres no reclamaron en el plazo establecido las calificaciones de las tres materias que después cuestionaron al recurrir la no promoción.
Más de un mes de curso expulsado
Uno de los puntos centrales de la sentencia es precisamente qué ocurrió durante los 34 días en los que el alumno estuvo expulsado. Frente a la versión de la familia, el TSJA considera acreditado que el profesorado continuó facilitándole tareas, actividades y materiales mediante «Teams» y otros medios, además de informarle de las pruebas y de los contenidos que debía preparar. El centro también había aplicado otras medidas de apoyo al estudiante, entre ellas un dictamen de escolarización, seguimiento por la Unidad de Conducta, adaptaciones curriculares y medidas individualizadas. Para la Sala, esas actuaciones permitieron mantener la continuidad del proceso educativo durante las expulsiones. En todo caso, el tribunal aclara que estas medidas constituyen una obligación de medios, pero no pueden asegurar un determinado resultado académico. En palabras de la sentencia, no pueden «garantizar el éxito académico ni la obtención de una titulación específica».
Así, el TSJA rechaza que el alumno hubiera quedado excluido del proceso de aprendizaje durante sus expulsiones. La sentencia considera que los padres no han probado el hecho sobre el que sustentaban su recurso: que el estudiante permaneciera sin materiales, instrucciones educativas equivalentes o información suficiente sobre las pruebas evaluables hasta quedar apartado de facto del proceso educativo. La Sala entiende que la familia presenta un relato alternativo que «no se corresponde con lo que resulta del expediente». Con estos argumentos, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestima el recurso y mantiene la decisión de la Consejería de Educación que confirmó la no promoción del alumno a 4º de ESO. También rechaza la reclamación de responsabilidad patrimonial y condena a los padres al pago de las costas.