Le prohíben entrar en un supermercado de Oviedo tras robar sartenes, un Lego de 200 euros y alicates

Sergio Muñoz Solís
Sergio M. Solís REDACCIÓN

ASTURIAS

Entrada del centro comercial de Salesas
Entrada del centro comercial de Salesas

La Audiencia Provincial confirma la condena a un año de prisión por una cadena de hurtos en el centro comercial Salesas y rechaza el recurso del acusado, que también tendrá que indemnizar al establecimiento por los artículos dañados

12 oct 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

Un juego de sartenes y cazos, un Lego de casi 200 euros, varios vinilos, herramientas y distintos dispositivos electrónicos. Son algunos de los artículos que un hombre sustrajo en varias ocasiones en El Corte Inglés del centro comercial Salesas, en Oviedo, durante el mes de marzo de 2025. Parte de los productos acabaron en establecimientos de compraventa de segunda mano, mientras que otros quedaron inutilizados para su venta después de que el acusado manipulara sus sistemas de seguridad y dañara los embalajes. Ahora, la Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la condena a un año de prisión y la prohibición de acceder al centro comercial durante ocho meses.

La sentencia desestima el recurso presentado por el condenado y mantiene íntegramente el fallo dictado en primera instancia por el Juzgado de lo Penal de Oviedo en mayo de 2025. Además de la pena de prisión y de la prohibición de entrar en el establecimiento, la resolución obliga al acusado a indemnizar a las empresas perjudicadas por el valor de los artículos sustraídos que no se recuperaron y por aquellos que, pese a ser localizados, ya no podían ponerse a la venta.

Los hechos probados recogen varios episodios concentrados en los días 8, 10 y 15 de marzo de 2025. El primero de ellos tuvo lugar el día 8, cuando el hombre se apoderó de un juego de sartenes y cazos de la marca Tefal, valorado en 109 euros. Dos días después volvió al establecimiento. En esa ocasión manipuló dos videoporteros, un atornillador y un taladro percutor, a los que retiró los sistemas de alarma, aunque dejó los artículos en una esquina del centro comercial. Ese mismo día también se llevó un set de construcción Lego de un Peugeot de competición de las 24 Horas de Le Mans, con un precio de venta de 199,99 euros.

La actividad continuó el 10 de marzo con otros artículos. Según la sentencia, el acusado se apoderó de un videoportero valorado en 199 euros, al que también quitó la alarma, una mochila de casi 50 euros, una grapadora eléctrica de 54,95 euros y un juego de tres alicates Bosch valorado en 35 euros. El 15 de marzo se produjeron nuevos episodios. Durante la mañana sustrajo una mochila, dos paquetes de discos de vinilo y un paquete de DVD, cuyo valor conjunto ascendía a 662,92 euros. Por la tarde se llevó un altavoz valorado en 149,99 euros.

Una parte de los objetos terminó en comercios de segunda mano. En Locotoo se recuperaron, entre otros artículos, vinilos de The Beatles, discos compactos de David Bowie, una grapadora eléctrica, los alicates Bosch y uno de los videoporteros. Por esos productos, el establecimiento había pagado un total de 148 euros al acusado. En Real Cash aparecieron el juego de sartenes y cazos y el Lego de Peugeot, por los que se habían abonado 35 y 30 euros, respectivamente.

Sin embargo, recuperar los productos no significó que todos pudieran volver a venderse. La resolución señala que algunos artículos tenían los embalajes dañados y ya no eran aptos para la venta en el establecimiento del que habían salido. Entre ellos figuraban el Lego, los vinilos de The Beatles, la grapadora eléctrica y el juego de alicates. También quedaron inutilizados comercialmente un videoportero y un atornillador que el acusado había dejado en el centro comercial después de retirar sus alarmas.

Precisamente, los daños en estos dos últimos artículos fueron el principal motivo de discusión en el recurso presentado ante la Audiencia Provincial. El condenado cuestionaba que tuviera que indemnizar por ellos, al considerar que los aparatos no habían sufrido desperfectos y que los daños se limitaban a sus envoltorios. A su juicio, podrían volver a ponerse a la venta si se embalaban de nuevo.

La Audiencia rechaza esta interpretación. La resolución considera acreditado que los dos productos no podían venderse de nuevo en las condiciones en las que habían quedado y recuerda que esa circunstancia fue respaldada por la declaración del vigilante de seguridad del establecimiento y por la documentación aportada para justificar el importe de los daños. El tribunal subraya, además, que el acusado no aportó pruebas suficientes para desvirtuar esa conclusión.

El recurso también planteaba dudas sobre la inclusión de los dos artículos en el relato de los hechos probados, ya que ambos habían sido encontrados dentro del propio centro comercial. La Audiencia explica que el hecho de que los objetos no salieran del establecimiento no elimina necesariamente la relevancia penal de lo ocurrido. En este caso, los aparatos habían sido manipulados y sus alarmas retiradas, una actuación que, según los magistrados, permite concluir que el acusado había iniciado la sustracción y que no llegó a completarla por circunstancias ajenas a su voluntad.

Por ello, la Sala mantiene esos hechos dentro del delito continuado de hurto, aunque distingue entre las sustracciones consumadas y las que quedaron en grado de tentativa. La sentencia recuerda que retirar los dispositivos de seguridad para intentar llevarse los artículos puede tener consecuencias penales aunque el autor no consiga sacarlos finalmente del establecimiento.

La condena se mantiene también en el resto de sus términos. Un año de prisión, ocho meses de prohibición de acceso al centro comercial Salesas-El Corte Inglés de Oviedo y el pago de las indemnizaciones que correspondan por los objetos sustraídos y los daños acreditados. A estas cantidades se suman 148 euros para la empresa que gestiona Locotoo y 65 euros para Real Cash, de acuerdo con lo fijado en la sentencia de primera instancia.