Multas de hasta 150.000 euros, nuevos derechos en el aula y veto a las terapias de conversión: la ley LGTBI de Asturias, al detalle

Nel Oliveira
Nel Oliveira REDACCIÓN

ASTURIAS

Manifestación del Orgullo LGTBI
Manifestación del Orgullo LGTBI M.MORALEJO

La nueva norma, aprobada en la Junta con el apoyo de la izquierda, PP y Foro, pese al rechazo de Vox, regula el uso del nombre elegido por el alumnado, los uniformes y los aseos, y refuerza la prevención del acoso escolar

15 oct 2026 . Actualizado a las 13:39 h.

La Junta General del Principado ha aprobado la ley para erradicar la discriminación y garantizar la igualdad de derechos de las personas LGTBI y sus familias, una norma que llevaba años de recorrido político y que ayer salió adelante con el apoyo de la izquierda, el PP y Foro, frente al rechazo de los diputados de Vox. Asturias se incorpora así al grupo de comunidades que cuentan con una legislación propia en esta materia. El texto está aprobado por el Parlamento autonómico, pero todavía está pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), requisito previo a su entrada en vigor. La ley establece medidas en ámbitos muy distintos, desde la educación y la sanidad hasta el empleo o el medio rural, e incluye tanto obligaciones para las administraciones como un régimen de sanciones para determinadas conductas discriminatorias.

La nueva ley asturiana establece un catálogo de infracciones leves, graves y muy graves. Para determinar la cuantía de las sanciones económicas, el documento se remite a la Ley estatal 4/2023, que contempla multas de entre 200 y 2.000 euros para las infracciones leves, de 2.001 a 10.000 euros para las graves y de 10.001 a 150.000 euros para las muy graves. Cabe explicar que, la cuantía concreta dependerá de la infracción y de los criterios que se apliquen en cada caso. Por tanto, las cantidades fijadas para cada categoría no implican necesariamente que cualquier incumplimiento conlleve automáticamente la multa máxima.

¿Qué se considera infracción leve, grave o muy grave?

Entre las infracciones leves recogidas en el texto asturiano figuran no hacer pública en los centros educativos la información sobre los derechos del alumnado y los mecanismos de protección, incumplir determinadas obligaciones del profesorado o de los equipos directivos y carecer de protocolos contra el acoso y la LGTBIfobia una vez transcurrido el primer año desde la entrada en vigor de la ley. También se incluyen los juicios de valor que supongan un trato vejatorio o denigrante hacia las personas usuarias de las unidades de salud sexual por su condición o sus prácticas sexuales, así como la negativa intencionada a tratar a una persona de acuerdo con su identidad sexual.

Las infracciones graves abarcan, entre otros supuestos, denegar sin justificación una solicitud de cambio de nombre en el ámbito educativo, incumplir de forma dolosa y reiterada durante más de un curso académico determinadas obligaciones del profesorado o de los equipos directivos y reiterar la negativa a respetar la identidad sexual manifestada. La falta de protocolos contra el acoso en los centros educativos también tendrá esta consideración una vez transcurridos dos años desde la entrada en vigor.

La categoría de infracciones muy graves incluye el incumplimiento reiterado e intencionado del respeto al nombre y a la identidad sexual, la marginación o segregación de miembros de la comunidad educativa, impedir el acceso del alumnado a información plural sobre diversidad sexual y vulnerar determinados derechos relacionados con los uniformes y el uso de aseos y vestuarios. También contempla la falta de comunicación de sospechas de abuso, maltrato, acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, autolesiones o ideación suicida en los supuestos previstos en la norma, así como la convocatoria de espectáculos o actividades cuyo objeto sea incitar al odio, la violencia o la discriminación contra las personas LGTBI, cuando los hechos no constituyan delito.

El parlamento asturiano ha dado este miércoles luz verde a la Ley LGTBI+, una normativa que empezó a impulsarse la legislatura pasada, hace siete años, y que finalmente ha sido aprobada con el respaldo de los grupos de la izquierda, Partido Popular y Foro, y la única oposición de los cuatro diputados de Vox
El parlamento asturiano ha dado este miércoles luz verde a la Ley LGTBI+, una normativa que empezó a impulsarse la legislatura pasada, hace siete años, y que finalmente ha sido aprobada con el respaldo de los grupos de la izquierda, Partido Popular y Foro, y la única oposición de los cuatro diputados de Vox Paco Paredes

Además de las multas, las infracciones graves y muy graves pueden conllevar la inhabilitación para recibir subvenciones o ayudas públicas del Principado durante un máximo de uno o dos años, respectivamente; la rescisión de convenios con la Administración, o la revocación o devolución de ayudas vinculadas a las actividades en las que se haya cometido la infracción.

Los colegios deberán respetar el nombre elegido y prevenir el acoso

El ámbito educativo concentra varias de las medidas de la ley. El alumnado tendrá derecho a utilizar en las actividades docentes y extraescolares el nombre elegido conforme a su identidad sexual, incluidos los exámenes. La norma establece que las solicitudes se dirigirán al equipo directivo y que las presentadas por menores de 16 años deberán contar con el consentimiento previo de sus representantes legales. Solo podrán rechazarse de forma justificada cuando existan razones fundadas para creer que se realizan en fraude de ley. La documentación destinada a la exposición pública o dirigida al alumnado deberá reflejar el nombre elegido, aunque se mantienen las excepciones para los expedientes académicos, las titulaciones oficiales y otros documentos con efectos oficiales mientras no se produzca el cambio registral. Los centros también deberán preservar la confidencialidad de los datos relativos a la identidad sexual.

La norma reconoce el derecho del alumnado a elegir cualquiera de los modelos de uniforme implantados en el centro. Cuando existan instalaciones diferenciadas por sexo, quienes hayan realizado la solicitud de cambio de nombre prevista en la ley tendrán derecho a utilizar los aseos y vestuarios de acuerdo con la identidad sexual manifestada. Los centros procurarán que el diseño y la distribución de las instalaciones favorezcan el uso individual cuando sea técnica y funcionalmente posible. En materia de acoso, los centros deberán proteger al alumnado y al personal frente a la exclusión social y la violencia LGTBIfóbica, incluido el ciberacoso, cuando tengan constancia de su existencia. También deberán facilitar información clara y accesible sobre los protocolos y proporcionar acompañamiento psicopedagógico al alumnado implicado mientras se investiga un posible caso. Los plazos para disponer de protocolos contra el acoso y la LGTBIfobia tienen una consecuencia específica en el régimen sancionador: su ausencia se considera infracción leve después de un año desde la entrada en vigor, grave después de dos y muy grave después de tres.

Medidas específicas en el medio rural y sanitario

Por otro lado, la nueva ley obliga a las administraciones autonómica y locales a tener en cuenta las situaciones de discriminación múltiple e interseccional que afectan a las personas LGTBI en el medio rural. También prevé adaptar a las circunstancias de estos territorios las medidas de prevención de la violencia y de las acciones discriminatorias. El texto contempla la cooperación con los ayuntamientos rurales para formar a las policías locales en delitos de odio por LGTBIfobia, con especial atención a su identificación y a la atención a las víctimas. Asimismo, prevé medidas de colaboración y adaptación de las políticas públicas a las características de estos entornos.

Manifestación en favor de los derechos LGTBI
Manifestación en favor de los derechos LGTBI Gustavo Amador | EFE

En el ámbito sanitario, la norma establece medidas para incorporar las necesidades específicas de las personas LGTBI a las políticas de salud y prevé un protocolo para detectar y comunicar a las autoridades competentes situaciones de violencia o acoso en este entorno. El texto también recoge la prohibición de los métodos, programas y terapias de aversión o conversión. En relación con las personas intersexuales menores de edad, establece límites a las intervenciones de modificación genital: antes de los 12 años no podrán realizarse salvo indicación médica por razones de salud. Entre los 12 y los 16 años, se contemplan en los supuestos previstos en la ley, cuando las solicite la persona menor con capacidad intelectual y emocional para prestar consentimiento informado y exista autorización de sus representantes legales.

Incentivos laborales y condiciones para las ayudas públicas

La ley contempla también incentivos a la contratación de personas trans desempleadas y medidas para promover la igualdad en el empleo. También recoge obligaciones relacionadas con los planes LGTBI en las empresas en los casos en que sean exigibles conforme a la normativa estatal. En la contratación pública, las administraciones podrán incorporar criterios de igualdad cuando estén vinculados al objeto del contrato. Además, el texto establece condiciones para las subvenciones: no podrán concederse ayudas del Principado y de su sector público a personas o entidades sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de esa posibilidad conforme a la normativa aplicable.

Por último, la norma crea el Conseyu de Participación LGTBI, que sustituirá al Observatorio Asturiano contra la LGTBIfobia. Será un órgano consultivo y de participación ciudadana, con funciones de asesoramiento y colaboración institucional. También elaborará un informe anual sobre la situación de las personas LGTBI en Asturias y el grado de cumplimiento de la ley. El Consejo de Gobierno deberá aprobar el reglamento de organización y funcionamiento del nuevo órgano en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma, que comenzará a aplicarse dos meses después de su publicación en el BOPA. En cualquier caso, habrá que atender a la versión definitiva publicada para comprobar el texto oficial y la fecha exacta a partir de la que comenzará a aplicarse la nueva ley LGTBI de Asturias.