Los dueños del antiguo edificio de El Águila Negra, condenados a un año de prisión

EFE REDACCIÓN

COMARCAS

Juicio a los dueños del antiguo edificio de la cervecera El Águila Negra
Juicio a los dueños del antiguo edificio de la cervecera El Águila Negra

También deberán asumir el coste de las obras para lograr el adecuado mantenimiento de las instalaciones

01 mar 2018 . Actualizado a las 12:05 h.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo ha condenado a un año de cárcel por un delito contra el patrimonio a los tres propietarios del antiguo edifico de la cervecera El Águila Negra, en Siero, que también deberán asumir el coste de las obras necesarias para garantizar «el adecuado mantenimiento» del inmueble.

La sentencia declara responsable civil subsidiario a la empresa propietaria del edificio, Gestión Nora, de la que los tres acusados son administradores. Los propietarios deberán asumir de forma conjunta y solidaria «las obras necesarias para lograr el adecuado mantenimiento del edificio, en los términos que determine el Servicio de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias», tal y como reclamaba la Fiscalía. El fallo rechaza que el delito contra el patrimonio histórico hubiera prescrito, tal y como sostenía la defensa de los acusados.

El edificio histórico El Águila Negra, construido en 1900, fue incluido en el catálogo de inmuebles y jardines del Principado en 1993, y está catalogado como edificio histórico con nivel de protección integral. La sentencia recuerda que la empresa firmó en noviembre de 2002 con el Ayuntamiento de Siero un convenio que, entre otras cuestiones, establecía la condición de «salvaguardar» el edificio principal, los almacenes complementarios y la chimenea de ladrillo, para lo que tenía que presentar un proyecto de rehabilitación.

Sin embargo, los propietarios «no realizaron trabajos dirigidos a mantener la conservación del mismo, a mantenerlo en estado en que se hallaba cuando fue adquirido» en el año 2000. A este respecto, la sentencia apunta que en el momento de la compra el estado del inmueble «no era ruinoso» ni «amenazaba ruina», sino «deteriorado».

Los acusados «no salvaguardaron el edificio, permitiendo que paulatinamente se fuera deteriorando», hasta llegar a un deterioro actual «muy grave, desastroso, dando lugar a que fuera declarado en ruina económica» para que el Ayuntamiento se hiera cargo del gasto de rehabilitación. El fallo precisa que la rehabilitación es aún «viable» y recuerda que la propiedad ha presentado recientemente un proyecto para ello.

La sentencia subraya que la defensa no lleva razón al solicitar la prescripción del delito, puesto que «los delitos menos graves no prescriben a los tres años, sino a los cinco». A este respecto, subraya que en este caso se trata de un delito «permanente o de tracto continuo» y añade que en el momento en el que la Fiscalía formuló su denuncia seguía existiendo el incumplimiento de la obligación de conservar el inmueble.