Absuelto el alcalde de Aller que fue expulsado del PSOE

L.O REDACCION

CUENCAS

El alcalde de Aller, David Moreno (d), y su antecesor en el cargo, Gabriel Pérez Villalta (2d), en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo que acoge la vista oral por un presunto delito continuado de prevaricación por la concesión de subvenciones a una entidad deportiva
El alcalde de Aller, David Moreno (d), y su antecesor en el cargo, Gabriel Pérez Villalta (2d), en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo que acoge la vista oral por un presunto delito continuado de prevaricación por la concesión de subvenciones a una entidad deportiva JLCereijido

El juzgado de lo Penal considera que David Moreno desdeñó la intervención municipal pero creía cumplir la legalidad

01 feb 2018 . Actualizado a las 16:43 h.

El Juzgado número dos de lo penal ha absuelto al alcalde de Aller, David Moreno en el caso de un delito de prevaricación en el que estaba siendo juzgado por irregularidades en la concesión de subvenciones a la «Asociación para la Promoción y Enseñanza del Deporte de Aller». El juicio a Moreno provocó el año pasado una tormenta política después de que se iniciara el juicio y la dirección de la Federación Socialista Asturiana (FSA) le exigiera la dimisión a la que se negó. Con el apoyo de los concejales de su grupo, Moreno abandonó el PSOE y quedó como concejal no adscrito y los grupos en la oposición, PP e IU, no lograron reunir un acuerdo para promover una moción de censura. 

En la nota de los juzgados se señala que la sentencia --que no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial-- indica que si bien algunas actitudes de los acusados (tanto Moreno como su predecesor Gabriel Pérez Villalta) resultan «un tanto arrogantes, desdeñando la función de los técnicos encargados de la Intervención Municipal, y por extensión de los Secretarios del Ayuntamiento, no se puede aseverar con rotundidad que actuaran con conciencia de la injusticia o la ilegalidad de sus resoluciones, mas bien al contrario, en la creencia de que actuaban con arreglo a un convenio perpetuado a lo largo de más de 20 años».

La sentencia atañe tanto a la firma como a varias prórrogas posteriores de un convenio entre la «Asociación para la Promoción y Enseñanza del Deporte de Aller» y el consistorio con el objetivo de desarrollar actividades deportivas en la zona. La sentencia considera hechos probados que «los acusados actuaron con el pleno convencimiento de que el convenio suscrito en el año 1996, prorrogado expresamente al año siguiente, y su posterior modificación en diciembre de 2004, iban siendo prorrogados de forma tácita, entendiendo el actual Alcalde que, a pesar de su denominación como subvención, realmente subyacía una prestación de servicios por parte de la Asociación para con el Ayuntamiento, no siendo aplicable la Ley General de Subvenciones, y actuando ambos en la creencia de que obraban con arreglo a la legalidad».

Según la misma nota de prensa para la magistrada «si bien el relato contenido en los respectivos escritos de acusación formulados por el Ministerio Fiscal y por la acusación popular contienen elementos propios de la figura delictiva de prevaricación tipificada en el artículo 404 del Código Penal, de la valoración conjunta de la prueba practicada no se desprende sin embargo la concurrencia de todos y cada uno de los requisitos».