La Gijonesa Comestibles recupera 48.000 euros invertidos en el Popular

La Voz REDACCIÓN

GIJÓN

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La juez ha dado la razón al establecimiento de alimentación al entender que, de haber sabido cuál era la situación real de la entidad bancaria, ese consentimiento «no se hubiera producido»

12 mar 2019 . Actualizado a las 16:42 h.

Una juez ha condenado al Banco Santander a devolver a La Gijonesa Comestibles los 47.956 euros invertidos en 33.410 acciones y 35.980 derechos del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016 por no reflejar en sus cuentas la situación real de la entidad. La titular del Juzgado de Primera Instancia 5 de Gijón ha estimado la demanda que el letrado Rubén Cueto, de Vallverdú Abogados, presentó contra el Banco Popular, propiedad del Santander, solicitando la nulidad por un error en el consentimiento del contrato de adquisición de derechos y suscripción de acciones.

La juez ha dado la razón al establecimiento de alimentación al entender que, de haber sabido cuál era la situación real de la entidad bancaria, ese consentimiento «no se hubiera producido». Los responsables de La Gijonesa Comestibles acudieron a la ampliación de capital del Banco Popular por indicación de un agente comercial de la entidad, con quien mantenían una relación de confianza y quien les aseguró que «no tendrían problema», según ha corroborado a EFE el letrado Cueto.

Así, en junio de 2016, los demandantes firmaron un contrato de adquisición de derechos y suscripción de acciones por 35.980 derechos y 33.410 títulos, pero apenas un año después de haber hecho la inversión, perdieron todo su dinero. La inversión había sido financiada, con lo que perdieron su capital y contrajeron una deuda con la entidad bancaria por algo que «nunca hubieran adquirido», señala Cueto, quien sostiene que el Popular dejó constancia de su «mala fe» y de sus «escasos escrúpulos» en su relación con los clientes.

Rubén Cueto ha afirmado que estos datos confirman la «mala praxis» de la entidad bancaria con el único fin de alcanzar «a cualquier coste» los objetivos en perjuicio de los intereses de los clientes. En la sentencia, la juez asegura que la entidad bancaria indujo a los responsables de La Gijonesa Comestible a comprar unas acciones sin ofrecer datos verídicos de su situación, que, de haber conocido previamente, no hubieran adquirido, lo que supuso «un error en el consentimiento prestado».