Reducen de 8 a 6 años la pena para el violador de una mujer en Nuevo Roces

J. C. G. GIJÓN

GIJÓN

Juzgados de Gijón
Juzgados de Gijón

El TSJA rectifica la sentencia de la Sala Octava al considerar que los antecedentes del condenado, que forzó a su victima cuando acudió a interesarse por un alquiler a su domicilio, son «cancelables» y no podían ser tenidos en cuenta

12 jun 2019 . Actualizado a las 13:03 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha reducido de 8 a 6 años de cárcel la pena impuesta a un vecino de Gijón acusado de violar a una mujer que acudió a su domicilio para interesarse por el alquiler de una habitación en mayo de 2016. La Sala de lo Penal admite en parte el recurso presentado por la defensa de J. Á. F. Á., a quien la Sala Octava de la Audiencia Provincial con sede en Gijón había impuesto el pasado 26 de febrero 8 años de cárcel, una orden de alejamiento de la víctima de 12 años y 10.000 euros de indemnización al dar por probado que el hombre, de 43 años en la fecha del delito, forzó bajo a amenazas a la mujer, de 33, a hacerle una felación y a masturbarle mientras él a su vez le practicaba tocamientos. La víctima había acudido a la vivienda, situada en la calle Ramón Gómez Lozana del barrio de Nuevo Roces, para interesarse por el alquiler de una habitación. Después de consumar la agresión sexual, el acusado llegó a dar a su víctima el número de su móvil para que le llamase si seguía interesada en el alquiler.

En su recurso, los abogados del violador defendían que aunque existen antecedentes penales por un delito de lesiones por el que ya fue condenado en julio 2007, esos antecedentes, conforme al artículo 136.1 del Código Penal, «son cancelables y la consecuencia es que no pueden ser tenidos en cuenta a efectos de reincidencia, ni a ningún otro efecto», algo que sí se había hecho en la sentencia previa. El TSJA ha dado la razón a este punto del recurso y reducido, en consecuencia, la condena en dos años y las medidas complementarias de 12 a 7, aunque mantiene los 7 años de libertad vigilada y la indemnización.