El juzgado desestima la demanda que pedía la anulación del congreso del PP de Gijón

La Voz GIJÓN

GIJÓN

El nuevo presidente del PP de Gijón y diputado autonómico, Andrés Ruiz, el presidente del PP de Asturias y portavoz parlamentario, Ávaro Queipo, y la vicealcaldesa de Gijón, Ángela Pumariega (PP) en el congreso local del partido,
El nuevo presidente del PP de Gijón y diputado autonómico, Andrés Ruiz, el presidente del PP de Asturias y portavoz parlamentario, Ávaro Queipo, y la vicealcaldesa de Gijón, Ángela Pumariega (PP) en el congreso local del partido,

Los tres demandantes solitaban anular el acuerdo del Comité por el que se eligió a Andrés Ruiz como presidente

26 mar 2026 . Actualizado a las 10:19 h.

El juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón ha desestimado la demanda de tres afiliados críticos del Partido Popular que impugnaban el congreso local de la formación que tuvo lugar el 8 de febrero de 2025, en el que Andrés Ruiz resultó elegido presidente frente a la candidatura liderada por José Manuel del Pino.

Los tres demandantes solicitaban anular el acuerdo del Comité Organizador, previo a las elecciones, por el que se concedió al entonces candidato Andrés Ruiz un plazo de cuatro horas para subsanar el vicio de nulidad de su candidatura, tras haber tenido que excluir a Adrián Carneado, y presentar su nueva la lista de vocales, y por ende se declarara nulo el proceso del congreso.

También solicitaban que se condenara al Partido Popular a restablecer a sus representados en su íntegro derecho de asociación, en su vertiente de derecho de participación democrática en el partido. Adrián Carneado no podía estar incluido en la citada candidatura según el reglamento que regulaba el congreso por haber pertenecido a otro censo territorial del PP distinto al de Gijón, en concreto al de Villaviciosa, en los 12 meses anteriores.

En su fallo el juzgado ha destacado que la concesión del plazo de subsanación antes mencionado a la candidatura de Andrés Ruiz «no causa vulneración a los derechos de los actores», quienes pudieron expresar «su derecho al voto en el congreso del PP de Gijón, y pudieron participar en el mismo como miembros de una candidatura». La sentencia ha impuesto la expresa condena en costas a los demandantes, si bien se puede presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días hábiles, informa Efe.