La obligación de España de investigar la desaparición forzada de Bassiri

OPINIÓN

Ilustración de Mohamed Sidi Brahim Basir
Ilustración de Mohamed Sidi Brahim Basir

14 jun 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Viene de publicar la periodista Gemma Saura en La Vanguardia (12 de junio de 2022) un amplio reportaje sobre la desaparición bajo custodia de Mohamed Sidi Brahim Basir, Bassiri. La figura de Bassiri va engrandeciéndose a medida que pasa el tiempo porque permite conocer las raíces profundas del nacionalismo saharaui, la voluntad del pueblo saharaui de constituirse como sujeto político manteniendo lazos con España y, además, por el hecho dramático de su detención y desaparición, a raíz de los sucesos de Zemla. Recordemos que aquel trágico episodio consistió en la represión con fuego real de una manifestación de saharauis en El Aaiún, el 17 de junio de 1970, saldada con un número indeterminado de personas muertas bajo las balas, con un recuento de fallecidos que, según las fuentes, van de cuatro a una treintena. El mérito sustancial de la labor investigadora de Gemma Saura reside en compendiar, sintetizar y actualizar la descripción histórica, en lo que se ha podido averiguar a lo largo del tiempo, sobre la detención y desaparición del líder de la denominada Organización Avanzada para la Liberación del Sahara (OALS). Y, adicionalmente, ha conseguido recabar valiosos testimonios que corroboran abiertamente cómo, tras la desaparición bajo custodia de Bassiri, se arbitró por los servicios del Estado una campaña de desinformación, con fabricación de documentos al efecto, destinada a sostener artificialmente la tesis de la expulsión de Bassiri del territorio del Sahara Occidental. Como en su momento apuntó el periodista Tomás Bárbulo, desde el principio se pretendió por los servicios de inteligencia construir documentación no orientada a esclarecer lo sucedido con Bassiri, sino, al contrario, dirigida a desinformar aludiendo a una supuesta liberación; algo de lo que nunca tuvieron conocimiento sus familiares allegados, tragándose la tierra al reo. Nadie quiso oficialmente, ni en 1970 ni ahora, investigar la hipótesis, esta sí alimentada por una pluralidad de testimonios indirectos, de la ejecución extrajudicial.

Esta semana se cumplirán 52 años de aquella primera revuelta saharaui y con ella, de las incógnitas y el manto de silencio oficial sobre la desaparición de Bassiri, que sólo las pesquisas periodísticas han conseguido rasgar. De lo que no cabe duda es de la responsabilidad que España tiene para investigar el caso, al ser Estado parte de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. En efecto, aunque la Convención entró en vigor para España el 23 de diciembre de 2010, recoge bien a las claras (artículo 8.1.b) que el plazo de prescripción de la acción penal se cuenta a partir del momento en que cesa la desaparición forzada (lo que no ha sucedido), habida cuenta del carácter continuo de este delito. Y el Convenio contempla la obligación de investigar cuando el presunto autor del delito sea nacional del propio Estado (artículo 9.1.b del Convenio), lo que, en la hipótesis sostenida por las investigaciones periodísticas, sería probablemente el caso; y ello sin necesidad de entrar en otros aspectos como la nacionalidad del propio desaparecido en el momento de los hechos o la consideración de España como potencia administradora de iure del territorio no autónomo del Sahara mientras el proceso de descolonización no se lleve a término. Piénsese, por otra parte, que el caso encaja perfectamente en la definición de desaparición forzada que da el Convenio (artículo 2) y que reproduce nuestro Código Penal (artículo 607 bis 2.6º): «la aprehensión, detención o el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley». Ese elemento esencial, consistente en la negativa a reconocer las circunstancias de la detención, la ocultación del destino de la víctima y la omisión de toda investigación desde entonces, se perpetúa en el tiempo, en la forma vergonzante del silencio y la inacción.

Más allá de las responsabilidades penales (habría que determinar, además, si los partícipes en la posible desaparición forzada siguen o no con vida), es sorprendente la ausencia de valentía para confrontar la realidad de la experiencia colonial y sus estragos, ejemplificada en este caso de manera palmaria. Mientras el resto de Europa se prodiga en gestos de reconciliación, reconocimiento de los desmanes del pasado colonial de los siglos XIX y XX, devuelve simbólicamente una parte de los tesoros culturales expoliados (instituciones del Reino Unido y Alemania lo han hecho con objetos procedentes de Benín y Nigeria, por ejemplo), acuerda indemnizaciones por episodios concretos (como ha hecho Alemania con Namibia) y hace desfilar en actos simbólicos sobre el terreno a sus jefes de Estado en el esfuerzo por cerrar heridas (el último, el Rey de Bélgica en la República Democrática del Congo), tal parece como si en España no hubiéramos tenido recorrido colonial en África ni hubiéramos participado en el reparto infame del continente. En el Sahara (la parte principal del botín que se nos confirió en la Conferencia de Berlín de 1885 y en los acuerdos posteriores con Francia), nuestro legado histórico ha sido la dejación de responsabilidades, la guerra y ocupación posterior a dicho abandono, el incumplimiento constante de las obligaciones internacionales, la desestabilización regional consiguiente (que también nos afecta), el martirio del pueblo saharaui y, en el caso Bassiri, la incapacidad siquiera para poner en marcha una investigación oficial que permita reunir todos los testimonios y elementos disponibles (clasificados o no) y que suponga el reconocimiento de la responsabilidad en las graves violaciones de derechos humanos cometidas. Un bagaje desastroso que debemos enmendar en lo posible, incluyendo este concreto caso.