Las siete irregularidades de Oviedo con las subvenciones nominativas

OVIEDO

Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias
Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias

La Sindicatura de Cuentas elabora un informe, relativo al año 2015, en el que cuestiona la forma de actuar del ayuntamiento

01 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El año 2015 supuso un punto y aparte en Oviedo. Las elecciones municipales propiciaron un cambio de signo en el ayuntamiento y los partidos de izquierdas -Somos, PSOE e IU- sumaron fuerzas para acceder a una alcaldía que llevaba 20 años en manos del PP. Cuatro años después, todavía siguen haciéndose públicos informes de aquella época. El último, de la Sindicatura de Cuentas, no deja en buen lugar la forma de repartir subvenciones de forma nominativa que se empleaba en el consistorio por aquel entonces. El órgano de control detalla hasta siete irregularidades en la forma de proceder de Oviedo en esa materia:

-Las subvenciones fueron concedidas por la Junta de Gobierno Local, cuando la competencia pertenece a la alcaldía, sin que conste delegación al efecto.

-En el ejercicio 2015 el Ayuntamiento de Oviedo no tenía aprobado el Plan estratégico de subvenciones exigido por el artículo 8 de la Ley General de Subvenciones, requisito esencial y previo a la regulación de las mismas.

-Se tramitaron como subvenciones siete expedientes que tienen contenido contractual y no subvencional; cuatro expedientes del ayuntamiento que suponen el 5,88 % de los expedientes analizados pero un 50,56 % del importe de la muestra y tres expedientes de la Fundación Municipal de Cultura que suponen un 33,33 % de los expedientes analizados y un 18,99 % del importe de la muestra (epígrafe XI.2.2.).

-En ninguno de los expedientes analizados consta la motivación para obviar el procedimiento de concurrencia pública y otorgar de forma nominativa las subvenciones cuestionándose el cumplimiento del principio de legalidad.

-En el caso de dos expedientes, que suponen un 22,22% de la muestra de la Fundación Municipal de Cultura, las condiciones se establecieron a través de convenio en el que entre otros aspectos se determinó la creación de una comisión de seguimiento que no fue convocada posteriormente.

-Otras dos subvenciones del ayuntamiento, fueron concedidas por un importe superior en 33.600 euros a la cuantía prevista nominativamente en el presupuesto sin haberse modificado este último.

-No se lleva a cabo el control financiero de subvenciones tal y como exige el título III de la Ley General de Subvenciones 

Además, la Sindicatura también destaca que un expediente de la Fundación Municipal de Cultura se abonó previamente a la justificación el importe, cuando la actividad se había realizado con anterioridad a la concesión incumpliendo la norma establecida para el reconocimiento de la obligación.

Medidas tomadas por el tripartito

La mitad del año 2015 estuvo el PP en la alcaldía y la otra mitad el tripartito. Las leyes en vigor habían sido aprobadas por los populares, aunque desde el cambio de gobierno se han producido importantes cambios en materia de subvenciones. Según recoge la Sindicatura, la Junta de Gobierno aprobó en junio de 2016 el plan estratégico de subvenciones de servicios sociales y promoción social para el período 2017-2019. Además, en enero de 2017 se adjudicó el contrato del servicio de recogida de animales errantes y atención del albergue municipal de animales y se firmó el nuevo convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura y la agrupación folclórico- musical «Grupo de Gaitas Ciudad de Oviedo»

Ese mismo año, en el mes de julio, se elaboró por la Intervención General el Plan de control financiero y auditorias para el año 2017, entre cuyo ámbito de aplicación se encuentran las subvenciones concedidas por el ayuntamiento en el ejercicio 2015, excluyéndose las nominativas en cuanto estaban siendo objeto de control por la Sindicatura.

El 18 de septiembre de 2018, mediante decreto de alcaldía se delegó la competencia para la concesión de subvenciones a la Junta de Gobierno Local, tanto en régimen de concurrencia competitiva como de concesión directa y, dentro de estas, tanto aquellas en las que el procedimiento termina con la resolución de concesión como las que se instrumenten a través de convenio.