La Sindicatura reclama a los ayuntamientos que destierren las subvenciones nominativas

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Ayuntamiento de Gijón
Ayuntamiento de Gijón

El órgano de control repasa las cuentas de Oviedo, Gijón y Avilés en el año de la última legislatura

31 oct 2018 . Actualizado a las 12:49 h.

La Sindicatura de Cuentas ha recomendado a los ayuntamientos que no recurran a la fórmula de la subvención nominativa, dado que se trata de un procedimiento «excepcional», salvo que «inequívocamente» no sea viable la concurrencia pública. Además, pide a las corporaciones locales que definan de forma «clara y concreta» el objeto de las subvenciones nominativas dado que la falta de definición de su objeto impide la correcta formación, rendición y comprobación de la cuenta justificativa y el seguimiento de los objetivos previstos. El órgano fiscalizador plantea también que, al objeto de facilitar la labor del órgano gestor, sería recomendable que en los informes emitidos por la intervención municipal constara de manera clara el sentido favorable o desfavorable de los mismos.

Estas recomendaciones figuran en el informe aprobado por la Sindicatura sobre la fiscalización de las subvenciones nominativas concedidas por los ayuntamientos de Oviedo, Gijón y Avilés en el ejercicio de 2015 que señala que, salvo algunas salvedades, la actividad de esas corporaciones en dicho ámbito resulta conforme en todos los aspectos significativos a la normativa aplicable. Entre los incumplimientos detectados figura que los ayuntamientos no aprobaron el plan estratégico de subvenciones exigido por la ley y que se tramitaron bajo esa fórmula varios expedientes que tienen contenido contractual y no subvencional. Además, incide en que en la mayoría de expedientes analizados no consta la motivación para obviar el procedimiento de concurrencia pública y otorgar de forma nominativa las subvenciones, «cuestionándose el cumplimiento del principio de legalidad», y no se lleva a cabo el obligado control financiero de las mismas, informa Efe.

En el caso del Ayuntamiento de Oviedo se señala como incumplimiento significativo que las subvenciones fueron concedidas por la Junta de Gobierno Local, cuando la competencia es de la Alcaldía, sin que conste delegación al efecto, y que dos fueron concedidas por un importe superior en 33.600 euros a la cuantía prevista en el presupuesto sin haberse modificado este último. Asimismo, en un expediente de la Fundación Municipal de Cultura se abonó previamente a la justificación el importe cuando la actividad se había realizado con anterioridad a la concesión, lo que incumplió la norma sobre reconocimiento.

En el caso de Gijón se constató la incorrección material de que en 37 expedientes de la muestra se reconocieran obligaciones sin el correspondiente soporte para ello con lo que se vulneró el principio de anualidad presupuestaria por importe de 326.777 euros y se debió dotar la correspondiente provisión.

Por último, en el Ayuntamiento de Avilés se señala como incumplimiento significativo la no convocatoria de las comisiones de seguimiento establecidas en los convenios.