La Sindicatura suspende a los siete grandes ayuntamientos de Asturias

L.O. REDACCION

ASTURIAS

La plaza del ayuntamiento de Avilés
La plaza del ayuntamiento de Avilés PACO RODRÍGUEZ

El informe del año 2016 señala que en los consistorios de concejos más poblados se infravaloraron cantidades de operaciones pendientes

30 ago 2018 . Actualizado a las 12:36 h.

La Sindicatura de Cuentas ha hecho público su informe sobre la fiscalización de las operaciones pendientes de aplicar al presupuesto en los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, con las cifras referidas al año 2016. Se trata de un análisis de la actuación de los consistorios de Avilés, Castrillón, Gijón, Langreo, Mieres, Oviedo y Siero y el resultado no es positivo. La sindicatura suspende a los siete ayuntamientos al señalar que en la forma de presentar las cuentas se ha infravalorado de forma generalizada la cantidad de estas operaciones.

El informe señala que en la auditoria financiera la opinión de la Sindicatura es «desfavorable debido al efecto muy significativo de los hechos descritos». El texto añade que en cuatro de los siete ayuntamientos «las cuentas 413 y, en su caso, 411 'Acreedores por gastos devengados', se encuentran infravaloradas en, al menos, los siguientes importes: Avilés: 1.057.755 euros; Castrillón: 857.371 euros, Oviedo: 4.207.072 euros y Siero: 627.610 euros».

Por otra parte, la Sindicatura resulta que, salvo en estos hechos señalados, los consistorios y 13 organismos autónomos dependientes de los ayuntamientos (entre ellos la Fundación Municipal de la Cultura de Avilés, los Patronatos Municipales de Actividades Deportivas y Culturales de Castrillón; o la Fundación Municipal de la Cultura y el Patronato Municipal de Deportes de Siero) «cumplen con la normativa relativa a tramitación e información de las operaciones pendientes de aplicar al presupuesto, con salvedades».

Abuso de acuerdos extrajudiciales

También indica que «se ha constatado la tramitación de un uso excesivo de los reconocimientos extrajudiciales de créditos: en el caso de los ayuntamientos, como solución procedimental para subsanar incumplimientos de la normativa de contratación; en el caso de organismos autónomos, para subsanar la realización sistemática de gastos sin la suficiente consignación presupuestaria. Ello implica una utilización inadecuada de esta figura de carácter excepcional».

Al respecto de la citada cuenta 413, que es en la que los ayuntamientos contabilizan las operaciones pendientes de aplicar al presupuesto; el órgano fiscalizador apunta que si se han apreciado vicios que pudieran dar en la nulidad del procedimientos los entes locales deben «someterse al procedimiento de revisión de oficio previsto en la ley, con carácter previo a la tramitación del reconocimiento extrajudicial de créditos mediante el que se aplican a presupuesto. El Ayuntamiento de Oviedo es el único que lo ha hecho». Es decir, salvo la capital asturiana, el resto de los concejos más poblados no han actuado correctamente en este aspecto.