¿Qué pueden hacer los vecinos frente a los alquileres de pisos turísticos?

OVIEDO

Unos turistas consultan un plano de Oviedo en la calle Uría.Unos turistas consultan un plano de Oviedo en la calle Uría
Unos turistas consultan un plano de Oviedo en la calle Uría

La modificación de un artículo de la Ley de Propiedad Horizontal faculta a los residentes a tomar una serie de medidas

04 oct 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Los alquileres de pisos turísticos han llegado para quedarse. Se trata de una oferta de alojamiento, generalmente más barata, que afecta principalmente a las grandes ciudades. Su uso se ha generalizado en todo el mundo y en los últimos años también en España. En Asturias cada vez son más los inmuebles de este tipo, y aunque no suponen un problema de convivencia como en otras localidades más pobladas, las administraciones son conscientes de que es necesaria una regulación clara para evitar complicaciones futuras. Pero, ¿pueden hacer algo las comunidades de vecinos frente a estas nuevas prácticas? ¿Tienen alguna capacidad para exigir medidas a estos negocios en caso de que consideren que se vulneran sus derechos?

Una conferencia organizada por el Colegio de Administradores de Fincas de Asturias e impartida en Oviedo por Vicente Magro Servet, Magistrado del Tribunal Supremo, arroja luz sobre este asunto. Ana María Rodríguez, abogada, administradora de fincas colegiada y asistente al evento, resume las principales novedades tras los cambios incluidos en la Ley de Propiedad Horizontal el pasado mes de marzo. Ese cambio normativo supuso el añadido de un capítulo en el artículo 17 que permite «limitar o condicionar» el uso de estas viviendas turísticas. Para ello, es necesario el voto a favor de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Si ese porcentaje de residentes se pone de acuerdo, pueden exigir a los propietarios que destinen sus inmuebles a alquileres vacacionales «un recargo del 20% del gasto» en las cuotas que pagan a las comunidades, ya que se entiende que hacen un mayor uso de los espacios comunes.

Respecto a esas posibles limitaciones que pueden reclamar, la administradora detalla que deben ser medidas «que no sean ilógicas», y pone como ejemplos el establecimiento de horarios o el uso de elementos comunes para facilitar la convivencia entre los residentes.

La medida no tiene carácter retroactivo. Es decir, solo afecta a los propietarios que regularizaron su situación despues de marzo de este año. Esa es la situación en España, pero la legislación en este tipo de materias es autonómica. El Principado legisló al respecto en 2016, pero el problema es que parte de la documentación que exige para regularizar la situación es de competencia municipal, situación que provoca que existan importantes diferencias entre concejos. Por eso, Rodríguez considera que es necesario una ley nacional «que establezaca máximos y mínimos», pero es poco optimista respecto a la posibilidad de que un gobierno nacional decida meter mano en un tema «polémico».

La administradora de fincas sostiene que uno de los problemas es de base. «Se parte de la premisa de que los alquileres vacacionales originan un problema al descanso de los residentes habituales, pero no tiene que ser siempre así», defiende.

La situación en Oviedo

Los propietarios que intentaban regularizar la situación de sus pisos de alquiler en Oviedo se encontraban con una especie de limbo del que tardaron en salir. Por un lado, el Principado les exigía una licencia municipal para inscribirse en el registro. Por otro, el Plan General de Ordenación solo permitía al ayuntamiento conceder ese permiso a los locales situados en un bajo o en una primera planta. Por tanto, salvo en esos casos, era imposible conseguir toda la documentación. La solución fue una especie de permiso temporal mientras se desbloqueaba la situación.

Y esa solución definitiva llegó en forma de sentencia cuando el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) desetimó un recurso municipal y dio la razón a los propietarios. Esa sentencia validó un elemento clave, ya que el juez dictaminó que este tipo de viviendas tienen un uso residencial y no hotelero, por lo que obligaba a Urbanimo a conceder la licencia.