Los condenados por el asesinato de Imran serán juzgados por las lesiones previas

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Juicio por el asesinato de Imran, el niño que apareció muerto en una maleta.Juicio por el asesinato de Imran, el niño que apareció muerto en una maleta
Juicio por el asesinato de Imran, el niño que apareció muerto en una maleta J.L.Cereijido

La Fiscalía solicita penas de cinco años de cárcel para la madre del pequeño y para su pareja

28 nov 2019 . Actualizado a las 14:07 h.

La Fiscalía solicita sendas penas de cinco años de cárcel para la madre del pequeño Imran y para su pareja, que fueron condenados por el Tribunal Supremo (TS) a sendas penas de 20 y 28 años de prisión por el crimen del menor, de 21 meses, cuyo cadáver fue encontrado en una maleta en 2014, por las lesiones sufridas antes de su muerte.

El Ministerio Fiscal considera que el hombre fue el autor material de la agresión y que la mujer, sabiéndolo, no hizo nada para evitarlo. Ambos acusados ya están condenados en sentencia firme por los delitos de asesinato, maltrato habitual y profanación de cadáver en la persona del menor y sólo quedaba pendiente este nuevo enjuiciamiento por las lesiones, cuya fecha aún no ha sido señalada.

El Tribunal Supremo confirmó íntegramente el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ordenó enjuiciar de nuevo, por parte de un tribunal profesional, las lesiones por las que ahora se les acusa, informa EFE. El alto tribunal confirmó, en septiembre de 2018, la condena de 28 años y 5 meses de prisión para David F. por maltratar y asesinar al pequeño Imran, y a una pena de 20 años y 8 meses de cárcel a la madre del menor por complicidad en el asesinato y su autoría en la omisión de los malos tratos.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo, que lleva la causa de las lesiones, ya ha recibido el escrito de la Fiscalía donde sostiene que los acusados, que mantenían una relación de afectividad desde diciembre de 2013, se trasladaron a Oviedo en unión del hijo biológico de ella, nacido en 2013, y cuyo padre biológico se desconoce, al no constar formalmente filiación paterna. Según el relato fiscal, durante la primera quincena del mes de octubre de 2014, cuando los tres estaban en la vivienda, ubicada en la calle Vázquez de Mella de Oviedo, David F., “sin motivo justificado alguno”, se acercó al menor, a quien propinó un fuerte puñetazo en una de sus piernas.

El niño sufrió una fractura tercio medio de diáfisis femoral derecha, con cabalgamiento de fragmentos óseos superior de 20 milímetros y desplazamientos de ambos fragmentos (diastasis). Acto seguido, David F. le colocó un trapo caliente sobre el muslo derecho, lo que le provocó una quemadura en esa zona. La acusada estaba presente cuando el acusado agredió al niño y, según la Fiscalía, pese a que pudo evitarlo, omitió «de forma voluntaria» toda ayuda dirigida a auxiliar a su hijo, sin que éste recibiera al menos durante 15 días ayuda médica o de terceras personas. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones, del que serían autores ambos acusados, en el caso de la acusada por omisión, mientras que en su pareja concurre la agravante mixta de parentesco.