El TSJA confirma cuatro años de cárcel por abusar de una amiga en los baños de un bar

La Voz REDACCIÓN

OVIEDO

Sede del TSJA
Sede del TSJA

El alto tribunal ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la defensa contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia el pasado mes de noviembre

04 mar 2020 . Actualizado a las 16:53 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial por la que se le impuso una pena de cuatro años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de una amiga en los servicios de un bar de Oviedo, en julio de 2018. El alto tribunal asturiano ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la defensa contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia el pasado mes de noviembre. La Audiencia condenó al acusado al considerar que la víctima ofreció un testimonio «veraz, coherente, sin dudas, ni vacilaciones», a lo que se sumó que dos amigos del procesado le pidieron que «le perdonara».

Los hechos ocurrieron en la noche del 20 al 21 de julio de 2018, cuando el acusado, J.F.F.R., de 60 años, estaba en un bar de la calle Félix Aramburu de Oviedo, al que había ido a cenar en compañía de unos amigos, entre los que se encontraba la víctima, según los hechos probados relatados en el fallo. En torno a las 2.00 horas, la mujer se levantó de la mesa y se dirigió a los lavabos del establecimiento, donde se cruzó con el acusado que salía a su vez del servicio de caballeros.

El tribunal ha declarado probado que cuando la víctima se había bajado ya los pantalones y la ropa interior, el acusado abrió la puerta del baño y «sorpresivamente» llevó su mano a la zona genital de ella. El servicio era un espacio reducido y la víctima quedó entre la pared y el acusado y, pese a que ella mostró «expresa oposición a que continuara con esa actitud», según el tribunal, diciéndole que la dejara en paz e intentando apartarlo, el acusado le introdujo dos dedos en la vagina al tiempo que le decía «no seas tonta, que te va a gustar».

Seguidamente, el acusado salió del cuarto de baño y regresó a la mesa en la que estaba el grupo de amigos. La mujer contó esa misma noche a uno de los amigos que el acusado se había «sobrepasado» con ella y, dos días después, denunció los hechos. La víctima recibió asistencia en un Centro de Salud Mental, donde se le diagnosticó una reacción al estrés agudo y fue derivada por el psiquiatra que la atendió al Programa de Atención Psicosocial a la Mujer, donde se le apreció un trastorno de adaptación mixto.

El TSJA, apoyándose en numerosa jurisprudencia, declara probados todos los hechos detallados por la Audiencia, y valora como creíble el testimonio de la víctima. A este respecto, los magistrados consideran que la Audiencia «ha contado con suficiente prueba de carácter incriminatorio con aptitud para enervar a presunción de inocencia».

El fallo, ahora confirmado en todos sus términos, le impone al hombre una prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio y en cualquier lugar durante cinco años, así como al pago de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil, según informa Efe.