Un ovetense reconoce que intercambiaba archivos de pornografía infantil

La Voz OVIEDO

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Juzgado de lo penal Oviedo
Juzgado de lo penal Oviedo Google Maps

Entre 2018 y 2019, este hombre compartió hasta 285 archivos

17 nov 2021 . Actualizado a las 18:47 h.

Un vecino de Oviedo ha reconocido formalmente en el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo que almacenaba e intercambiaba por Internet cientos de archivos de pornografía infantil. El acusado ratificó este miércoles su conformidad con los hechos y delitos que le atribuye la Fiscalía del Principado de Asturias.

El acusado reconoció que entre los días 19 de octubre de 2018 y 17 de marzo de 2019, el acusado, desde su domicilio de Oviedo, intercambió a través de la red hasta 285 archivos de contenido pornográfico con menores, los cuales estaban completamente en su poder y desde ese momento los estaba poniendo a disposición del resto de usuarios.

Estos archivos contenían vídeos en los que aparecían imágenes de niños desnudos de diferentes edades, pero todos claramente menores de edad, con planos explícitos de sus genitales y manteniendo relaciones sexuales con adultos

En el registro realizado en el domicilio del acusado el 1 de diciembre de 2020, se encontraron, en uno de los ordenadores incautados, 965 archivos audiovisuales y, por otro, otros 37, todos con títulos que suelen usarse en el entorno pedófilo, que indicaban de forma inequívoca el contenido pornográfico con menores.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito relativo a la explotación sexual de menores, en la modalidad de distribución de pornografía infantil, previsto y penado en los artículos 15.1, 189.1.b) y 192 del Código Penal.

Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 1 año y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por 4 años e inhabilitación especial para cualquier empleo, profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 6 años y la medida de libertad vigilada durante 3 años.

Abono de las costas

El Fiscal no se opone a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, durante 3 años, condicionada a que el acusado se someta a un programa de educación sexual, informa Europa Press.