Reconocen la incapacidad permanente absoluta a un comercial por un trastorno psíquico
SALUD Y TRABAJO
La resolución considera que la incidencia de las patologías psíquicas sobre capacidades básicas para cualquier desempeño profesional justificaba el reconocimiento de un grado superior de protección
29 jun 2026 . Actualizado a las 09:16 h.Un comercial encargado de la gestión de puntos de venta en grandes superficies ha logrado el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta como consecuencia del grave trastorno psíquico que padecía, caracterizado principalmente por una intensa fobia social, ansiedad permanente y ataques de pánico que le impedían mantener relaciones laborales con normalidad. La resolución reconoce que sus limitaciones afectan de forma global a su capacidad para desarrollar cualquier actividad profesional con unas mínimas garantías de continuidad, eficacia y rendimiento.
Lejos de tratarse de un problema puntual, el trabajador arrastraba desde hacía años un grave deterioro de su salud mental que condicionaba tanto su vida personal como laboral. Presentaba heteroagresividad, irritabilidad, tensión constante, ataques de pánico, bloqueo mental, dificultades de comunicación, aislamiento social, insomnio —especialmente los días previos a acudir al trabajo—, alteraciones de la concentración y un intenso miedo a relacionarse con otras personas.
Las limitaciones resultaban completamente incompatibles con una profesión que exigía desplazamientos continuos, contacto constante con responsables de distintos establecimientos y comunicación permanente con superiores. Cualquier interacción personal le provocaba episodios de ansiedad intensa y bloqueo, hasta el punto de necesitar consumir alcohol antes de acudir al trabajo para poder conducir y relacionarse con otras personas. A ello se sumaban frecuentes olvidos, dificultades para tomar decisiones y una importante pérdida de atención y concentración. La enfermedad trascendía además el ámbito laboral, ya que desde los 18 años apenas salía de casa y, cuando lo hacía, necesitaba ir acompañado por su padre debido al intenso temor que le producía relacionarse con otras personas.
El trabajador acudió a las oficinas de Velázquez & Villa Abogados en busca de asesoramiento jurídico ante las importantes dificultades que esta situación le generaba para continuar desarrollando su actividad profesional. Tras un exhaustivo análisis de su situación médica, personal y laboral, el equipo jurídico del despacho inició los trámites necesarios para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Así, se logró el reconocimiento de una Incapacidad Permanente en su grado de Total, pero el equipo jurídico especialista entendía que dicho grado no reflejaba la verdadera entidad y alcance de su cuadro clínico, ni la repercusión que este tenía sobre su capacidad laboral. Tras la desestimación de la reclamación previa presentada frente a la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la controversia tuvo que resolverse en sede judicial. Finalmente, mediante sentencia dictada por la Sección de lo Social nº 5 del Tribunal de Instancia de Valladolid, se estimó su pretensión y se le reconoció la Incapacidad Permanente Absoluta.
La resolución considera que la incidencia de las patologías psíquicas sobre capacidades básicas para cualquier desempeño profesional —como la relación interpersonal, la atención sostenida, la adaptación al entorno o la adopción de decisiones— justificaba el reconocimiento de un grado superior de protección.
En consecuencia, el trabajador tendrá derecho a percibir una pensión equivalente al 100% de su base reguladora.
Según explican desde Velázquez & Villa Abogados, este caso presenta una especial relevancia jurídica al evidenciar que, en materia de incapacidad permanente, lo determinante no es la existencia de un diagnóstico concreto, sino las limitaciones reales que afectan a la capacidad laboral del trabajador. La sentencia pone el foco en las consecuencias efectivamente padecidas por el afectado y en cómo estas resultan incompatibles con el desempeño de su profesión habitual.