La Justicia da la razón a Irarragorri frente a Hacienda, el presidente del Sporting gana su segunda batalla del proceso penal en México

Dani Souto

SPORTING 1905

El empresario mexicano Alejandro Irarragorri, durante la presentación de la nueva junta directiva del Sporting de Gijón
El empresario mexicano Alejandro Irarragorri, durante la presentación de la nueva junta directiva del Sporting de Gijón Eloy Alonso | EFE

Resolución judicial en segunda instancia

06 jul 2026 . Actualizado a las 11:03 h.

El Tribunal Colegiado de Apelación de Coahuila, en México, ha confirmado que Alejandro Irarragorri, máximo accionista del Real Sporting de Gijón a través del Grupo Orlegi, no será procesado por el presunto fraude fiscal de 17 millones de pesos que arrastra desde 2023 en relación con el Santos Laguna, otro de los clubes de su propiedad en México.

La resolución, emitida hace escasos días, confirma en segunda instancia lo que ya había determinado el 7 de octubre el juez federal Mauricio Urzúa Hernández, quien consideró entonces que no existían elementos para vincular a proceso al empresario mexicano.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría Fiscal de la Federación habían recurrido aquel primer fallo, llegando incluso a cuestionar la imparcialidad del juez de octubre. El Tribunal Colegiado de Apelación de Torreón ha rechazado ese argumento y ha respaldado la decisión inicial, al concluir que en la operación investigada no hubo «simulación o dolo» para engañar al fisco durante el ejercicio de 2017. Los magistrados sitúan el asunto en una discrepancia sobre el tratamiento fiscal de determinados conceptos laborales, no en una conducta delictiva.

La causa se originó en el pago, entre enero y julio de 2017, de más de 54 millones de pesos a jugadores y cuerpo técnico del Santos Laguna bajo la figura de prima de riesgo de trabajo, un esquema que la autoridad fiscal considera improcedente para eludir la retención del Impuesto Sobre la Renta. El juicio sigue su curso, pero la figura de Irarragorri no está vinculada al proceso tras estas decisiones, ratificando el fin de su imputación.

Agotada la vía de apelación, el SAT podría recurrir todavía a un amparo directo, un recurso constitucional distinto con el que trataría de revertir la resolución sin que ello suponga reabrir automáticamente la causa penal.

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