La Justicia da la razón a la hostelería cántabra y suspende el cierre a las 22.30 horas

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Un hombre y una mujer, en la terraza de un bar en Castro Urdiales
Un hombre y una mujer, en la terraza de un bar en Castro Urdiales H.Bilbao | europa press

Entiende que se da «una falta de necesidad» y «proporción» en esta restricción y cree que existen otras medidas «menos lesivas para alcanzar el nivel de protección o disminuir el riesgo de contagios» que se persigue

19 may 2021 . Actualizado a las 16:59 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha estimado la medida cautelar solicitada por la Asociación de Hostelería y ha dejado sin efecto la obligación de cerrar a las 22.30 horas el mismo día que el Gobierno autonómico anunciaba una flexibilización en los municipios en nivel bajo y medio de alerta.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a la Asociación de Hostelería porque entiende que se da «una falta de necesidad» y «proporción» de esta restricción y porque cree que existen otras medidas «menos lesivas para alcanzar el nivel de protección o disminuir el riesgo de contagios» que se persigue. El auto de la Sala va acompañado de un voto particular del magistrado José Ignacio López Cárcamo, al que se adhiere el presidente de la Sala, Rafael Losada Armadá. Ambos consideran que la medida cautelar solicitada debe desestimarse.

Para justificar su postura de estimar la medida cautelar, la Sala advierte de que, dado que la limitación del horario hasta las 22.30 horas no estaba acompañada de otras medidas referidas a otros espacios, se puede poner en duda su eficacia, teniendo en cuenta que «los focos de contagio pueden intensificarse en otros lugares públicos» o en el ámbito privado a partir del cierre de los establecimientos. La mayoría del tribunal incide en que precisamente en estos espacios privados no hay medidas sanitarias de control, pero que la limitación horaria se presentó el pasado 11 de mayo como una medida que se aplica de forma general, y no vinculada a un determinado nivel de alerta.

Ahora el Gobierno cántabro ha decidido que la limitación horaria dependería de los niveles de riesgo, determinación que entrará en vigor una vez que sea publicada. La Sala tomó la decisión -el auto es del 18 de mayo- antes de que la Consejería oficializara esta flexibilización; el tribunal lo que hizo fue pronunciarse sobre la situación en ese momento. Resta por saber si ahora, tras el auto, el Ejecutivo regional modulará de alguna manera el planteamiento previsto.

La Consejería de Sanidad ha de estudiar la resolución y ver su alcance. Serán las nuevas normas pendientes de publicarse las que regirán en Cantabria, y para impugnarlas en caso de desacuerdo habría que volver a recurrir a la Justicia. Es lo que amenaza con hacer la Asociación de Hostelería, que quiere que la nueva resolución permita que los establecimientos puedan cerrar en su horario ordinario, el de la licencia. Si no es así, aseguran que volverán a recurrir.