El Principado ayudará con 600 euros a los nuevos autónomos

Elena G. Bandera
E. G. Bandera GIJÓN

ASTURIAS

La subvención, anunciada en febrero, da un paso adelante al publicarse las bases que regularán su concesión.  El requisito es no haber causado baja en 12 meses consecutivos

16 jun 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Las ayudas mensuales de 50 euros con las que el Gobierno del Principado quiere beneficiar a los nuevos autónomos asturianos están algo más cerca tras la publicación el pasado 5 de junio de las bases que regulan su concesión, una de las primeras resoluciones firmadas por el nuevo consejero de Empleo, Isaac Pola, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). La medida había sido anunciada en febrero y, al parecer, su implantación estaba pendiente de los cambios normativos que van a acometerse a nivel estatal. A la espera de que se abra la primera convocatoria para optar a estas ayudas, uno de los principales requisitos que deberán cumplir los futuros beneficiarios es haber permanecido 12 meses consecutivos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al que se habrán incorporado acogiéndose a la tarifa plana estatal de 50 euros que ahora tiene una duración de medio año. 

Las ayudas serán de un máximo de 600 euros, a razón de 50 euros al mes durante un año, y permitirán compensar el pago de la cotización a la Seguridad Social al menos durante esos primeros seis meses de alta. En futuras convocatorias de esta ayuda regional, una vez que se apruebe en el Congreso la implantación de la tarifa plana a 12 meses para los futuros nuevos autónomos, la subvención dejaría en cero la cuota a pagar cada mes durante el primer año de alta. 

3.400 posibles beneficiarios

En la actualidad, tras el primer medio año de alta, el Gobierno estatal bonifica el 50% de la cuota de los nuevos autónomos en los seis meses siguientes, con lo que se reduce de 267 a unos 133 euros (a partir del 1 de julio, en todo caso, serán unos 275 euros al incrementarse en un 3% la base mínima de cotización). En esta primera convocatoria, a no ser que el cambio estatal tuviera un improbable efecto retroactivo, los autónomos beneficiarios verán reducida su cuota mensual en otros 50 euros euros al mes. Los presupuestos generales del Principado de 2017 tienen una partida de 2,04 millones de euros para esta primera convocatoria, con lo que se podría beneficiar a 3.400 nuevos autónomos asturianos, aunque habrá que esperar a su publicación en el BOPA para concretar su alcance.

En este sentido, la presidenta de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Asturias (ATA), Patricia Noreña, considera que aún es pronto para realizar valoraciones sobre la implantación de esta medida puesto que todavía no ha entrado en vigor y aún no se conoce a ciencia cierta quiénes son los nuevos autónomos que podrían beneficiarse de ella. En principio, en febrero, desde la Consejería de Empleo se había anunciado que podrían optar los afiliados que se hubieran dado de alta en el RETA entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2017. «No sabemos nada más y no se puede valorar hasta que no se defina», dice, en cualquier caso, Noreña.

Reformas pendientes de tramitarse en el Congreso

Por su parte, el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de UGT (UPTA-UGT) en Asturias, Manuel Prieto, valora que esta medida servirá para brindar más apoyo a los emprendedores. «Los 50 euros de la tarifa plana estarán subvencionados durante los seis primeros meses y todo apunta, además, a que esa tarifa plana estatal se ampliará a un año, con lo que el primer año los emprendedores no pagarán la Seguridad Social en Asturias». La ampliación a 12 meses de la tarifa plana que el Gobierno nacional implantaba en 2013 es una de las medidas pactadas entre el PP y Ciudadanos que iban a tramitarse este mes en una proposición de ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo en el Congreso, aunque de momento no se ha abordado el asunto.

De hecho, en la resolución de las bases reguladoras de la nueva subvención regional se recuerda que la legislación estatal en materia laboral está experimentado diversas revisiones aún en trámites que tendrán que ser tenidas en cuenta a la hora de diseñar y aplicar este tipo de medidas con las que se busca apoyar el trabajo autónomo y remover los obstáculos que impiden el inicio y desarrollo de la actividad a través de exenciones, reducciones o bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, que son precisamente el principal obstáculo entre quienes emprenden o se ven obligados a darse de alta en el RETA. 

Con estas subvenciones se pretende favorecer la creación de empleo promocionando la incorporación de personas al régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por Cuenta propia o autónomos y su permanencia durante el período de 12 meses consecutivos, a contar desde la fecha de efectos del alta en dicho régimen.

¿Quiénes serán los beneficiarios en líneas generales?

Según la resolución de las bases reguladoras, quienes hayan causado alta en el RETA por cuenta propia o autónomos dentro del periodo que se determine en cada convocatoria. Por lo tanto, si no ha cambiado lo anunciado en febrero, en principio a esta primera convocatoria podrían acceder quienes se hayan dado de alta entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2016, aunque con la condición de que hayan permanecido 12 meses consecutivos desde el alta en dicho régimen. Además, se especifica que las resoluciones de convocatoria que se vayan a abrir podrán delimitar tanto las actividades económicas elegibles como los colectivos destinatarios. 

¿Cuáles son los requisitos generales?

Los beneficiarios deberán estar acogidos al beneficio de reducción de cuotas de cotización a la Seguridad Social por la base mínima de cotización y estar en situación de alta en RETA desde el principio de su alta hasta el momento de presentación de la solicitud de ayuda. En principio, este requisito dejaría fuera a quien no esté dado de alta cuando se convoque la subvención incluso aunque hubiera estado 12 meses consecutivos de alta. 

También quedan excluidos quienes sean autónomos en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación o socios y miembros de órganos de sociedades de capital, de sociedades cooperativas y de sociedades laborales o de otras sociedades con personalidad jurídica. Estas ayudas son, además, incompatibles con las que se conceden para la puesta en marcha de actividades no agrícolas en las zonas rurales y con las que perciben los desempleados en un pago único para la bonificación de cuotas a la Seguridad Social.

¿Cuándo podrían percibirse las ayudas?

Una vez que se publique la primera convocatoria en el BOPA, se abriría un plazo que, en principio y según otras convocatorias similares, podría prolongarse durante un mes. Una vez cerrado, se iniciaría el trámite de valoración y resolución de la solicitud. Las bases indican, al respecto, que la resolución deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPA. Si no es así, se entenderá como desestimada. Y, en caso de que sea aprobada, las subvenciones se harían efectivas en un único pago. 

La concesión de las ayudas también queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales del Principado. Este año, según se dijo en febrero, se iban a destinar 2,04 millones de euros