Casi 5.000 interinos sostienen la administración asturiana

ASTURIAS

Largas colas de profesores interinos en la Consejería de Educación para firmar su contrato
Largas colas de profesores interinos en la Consejería de Educación para firmar su contrato

La tasa de interinidad más elevada se da en el ámbito eductivo y es nula en algunos de los consorcios dependientes del Principado

25 oct 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La tasa de internidad de la administración asturiana es muy elevada aunque se reparte con distintos porcentajes en los diferentes ámbitos los servicios sociales y de los entes autonómicos. Sus números son gigantestos en el caso de la educación y son más bajos en la justicia o nulos en algunos consorcios. Suman una cifra cercana a los 5.000 personas que está a la espera de que se resuelvan convocatorias públicas y en determinados casos por lo que vayan a dictar los tribunales de escala europea sobre su futuro.

La cifra oficial de interinos en el conjunto de la administración del Principado asciende a 4.719 a fecha del presente mes de octubre y la dio a conocer la Consejería de Presidencia en respuesta a una pregunta parlamentaria planteada por la portavoz de Izquierda Unida Ángela Vallina. En su respuesta el Gobierno asturiano detalla que la relación de puestos de trabajo de personal funcionario en la Administración del Principado asciende a 4.157 puestos de los que están ocupado por interinos un total de 961, lo que representa el 23,11%.

Distinto porcentaje se da en el caso de la administración de Justicia que, en el caso de Asturias, cuenta con 1.314 puestos de trabajo de los que 99, el 7,5%, están ocupado por interinos.

El caso más destacado y con mucha diferencia respecto al resto es el de la educación, de los maestros que han llevado la reclamación sobre la persistencia de su situación año tras año al comienzo del curso escolar. Así, el Gobierno destaca que en el ámbito del personal funcionario docente hay hasta 3.619 interinos pero un total de 11.691 funcionarios. Representan el 30,96% y es con diferencia la tasa de interinidad más elevada del conjunto de la administración asturiana. 

En todo caso, la consejería señala en su respuesta que «se computa a los interinos que están ocupando puestos vacantes que son los susceptibles de inclusión de la oferta de empleo público. No se incluyen los interinos que sustituyen a los funcionarios de carrera que están en otro destino o en una situación que conlleva reserva de puestos de trabajo»; ya que, según se explica esos puestos «no son susceptibles de inclusión en la oferta de empleo público».

EL ERA y los consorcios

Por otra parte, la respuesta recoge también que en el caso del ERA, el organismo de las residencias de ancianos dependiente de Derechos Sociales, el número de interinos asciende a 39. En cuanto a los entes y órganos autónomos que dependen de la Consejería de Infraestructuras, sólo se cuenta un caso de un único interino en una plantilla de 10 funcionarios en la Junta de Saneamiento de Asturias. Para. No se cuenta ninguno ni el consorcio de Abastecimiento de Agua y Saneamiento (Cadasa), ni el el consorcio de gestión de residuos (Cogersa), ni tampoco en el consorcio de transportes.

Objetivo 8%

Por otra parte, la Consejería de Presidencia indica que ha planteado medidas para la reducción de la interinidad como la «ejecución de las ofertas de empleo público aprobadas»; la aprobación de oferta de empleo público en 2019 «dentro del límite máximo de la tasa de reposición que permite la legislación básica»; y «en años venideros» apunta que se aprobará más oferta de cada año «dentro del máximo que permite la legislación, así como agotar la estabilización para la reducción de la temporalidad que permite la legislación». Aseguran que el objetivo final es que la temporalidad «se reduzca por debajo del 8%» pero teniendo en cuenta que «cierto porcentaje siempre habrá debido a la necesidad de cubrir las ausencias del personal con reserva de puesto debidos a circunstancias tales como incapacidad temporal, excedencias o comisiones de servicio».

Malas noticias de Luxemburgo

A comienzos de este mes el abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio malas noticias para los interinos en España al señalar en un dictamen -que si bien no es vinculante tiene un peso relevante en la decisión final que vaya a tomar en su sentencia la corte de Luxemburgo- que los funcionarios interinos nombrados para cubrir una plaza vacante hasta que esta sea ocupada por un funcionario de carrera, no tienen derecho a indemnización. Pero el abogado del Tribunal europeo propone a los magistrados que declaren  que la legislación europea «no se opone» a la normativa española que «no prevé abono de indemnización alguna a los trabajadores empleados mediante nombramientos de duración determinada efectuados para cubrir una plaza vacante hasta que ésta sea cubierta por un funcionario de carrera».

Además, el letrado añade que esto no es incompatible con el hecho de que sí se conceda una indemnización a aquellos trabajadores que prestan servicios como personal laboral fijo como consecuencia de la extinción de su contrato por una causa objetiva.