Absuelta la fisioterapeuta del Valle del Nalón que accedió al historial clínico de una compañera

La Voz

ASTURIAS

Hospital Valle del Nalón.Hospital Valle del Nalón
Hospital Valle del Nalón Carmen Liedo

La Audiencia Provincial considera que su única intención era descubrir un posible fraude

27 dic 2019 . Actualizado a las 14:12 h.

La Audiencia Provincial ha absuelto a la fisioterapeuta acusada del delito de descubrimiento y revelación de secretos por acceder sin autorización al expediente clínico de una compañera en el hospital Valle del Nalón, en Langreo, hace cuatro años, al considerar que los únicos datos que pudo ver ya los conocía y su única intención era descubrir un posible fraude al utilizar ésta un servicio del que no era paciente. El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia considera probado que la acusada no cometió un delito penal, sin perjuicio de las posibles responsabilidades disciplinarias a que pudiera dar lugar en la información previa reservada que le ha sido abierta en el Servicio de Salud del Principado (SESPA).

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, reconoce que la acusada utilizó su usuario y clave personal individualizada, el 25 de junio de 2015, desde su puesto como fisioterapeuta para acceder al historial clínico de su compañera de trabajo pese a que no estaba autorizada para ello ya que, si bien era paciente de fisioterapia, no lo era de la Sala de Electroterapia, donde trabajaba la acusada.

La Sala reconoce que la acusada realizó cinco consultas al formulario de actividad de fisioterapia, pero el único indicador del estado que llegó a ver fue el que ponía la frase «en tratamiento», lo que implicaba que su compañera era tratada en ese servicio, un dato que la procesada ya conocía de antemano y sólo quería comprobar si hacía uso del mismo sin ser paciente. El tribunal señala que la intención que guiaba a la acusada era la de «descubrir el fraude» en que creía estaban incurriendo otras fisioterapeutas, entre las que se encontraba esa compañera, al hacer uso del servicio sin ser pacientes.

La acusada afrontaba una petición de 3 años y 6 meses de prisión de la Fiscalía, mientras que la acusación particular rebajaba la pena a 2 años y 6 meses de prisión, aunque interesaba su inhabilitación absoluta durante 6 años y el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños morales. El abogado defensor, Francisco Pérez Platas, pedía la libre absolución al considerar que no había cometido delito alguno y había argumentado que había sido «un hecho accidental» que al revisar la agenda de actividad apareciera el nombre de la denunciante.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).