No era vecina de Somiedo: el argumento del alcalde para no nombrar jueza de paz a la sobrina de un edil de Foro

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ASTURIAS

El alcalde de Somiedo, Belarmino Fernández, a su llegada al juicio
El alcalde de Somiedo, Belarmino Fernández, a su llegada al juicio JL Cereijido

Belarmino Fernández declara en el juicio que se sigue contra él por un delito continuado de prevaricación.

13 ene 2020 . Actualizado a las 14:30 h.

El alcalde de Somiedo, Belarmino Fernández, ha rechazado que excluyera a una candidata en el proceso de selección para nombrar a un juez de paz y a su sustituto por ser la sobrina de una concejala de Foro y ha negado que cometiera un delito continuado de prevaricación por el que afronta una petición fiscal de catorce años de inhabilitación. La Audiencia Provincial ha acogido el juicio contra el regidor y otros cuatro concejales socialistas, para quienes la Fiscalía interesa diez años de inhabilitación por prevaricación al votar a favor de las otras dos candidatas pese a su posible incompatibilidad por su condición de funcionarias municipales.

Los cinco acusados han justificado la exclusión de la candidata S.A.F., sobrina de la edil de la oposición, en el hecho de que había incluido en su currículum que residía en Las Regueras y, por tanto, entendían que no concurría el requisito de cercanía por trabajo o vecindad. Según su versión, el cargo de juez de paz se remuneraba de forma simbólica, con una dieta de entre 80 y 100 euros mensuales, por lo que el ayuntamiento primaba que los candidatos residieran en el concejo de Somiedo.

El alcalde ha mantenido que le sorprendió que por primera vez en sus 25 años de mandato se planteara la posible incompatibilidad de las dos funcionarias municipales cuando en otras ocasiones se había nombrado jueces de paz que ya habían ostentado otros empleados. Fernández ha indicado que él se limitó a hacer una propuesta de candidatas con los requisitos de disponibilidad y tener «una buena relación con los vecinos» en el pleno de 6 de abril de 2016 y ha negado que hubiera una «conjura» contra la candidata excluida.

Ha admitido que el concejal de Foro advirtió en esa sesión plenaria de la incompatibilidad de las dos empleadas, por lo que retiró este asunto del orden del día, aunque su «error», ha comentado, fue no seguir con la convocatoria de las tres candidatas porque creyó que «actuaba dentro de la legalidad».

En un pleno extraordinario, el 30 de mayo de 2016, se propuso a una cuarta y a una quinta candidata, pero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo estimó un recurso de la sobrina de la edil, declaró nulas las resoluciones del alcalde y consideró probada la existencia de desviación de poder. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJA) acordó requerir al ayuntamiento para que le comunicara el acuerdo que se adoptara por el pleno y en una sesión extraordinaria, el 31 de mayo de 2017, el alcalde propuso a las dos empleadas municipales con los votos favorables de los cuatro concejales acusados. Finalmente, ambas funcionarias renunciaron a sus nombramientos para que se publicara una nueva convocatoria y prescindir así, según el Ministerio Fiscal, de la sobrina de la edil de la oposición.

El alcalde ha explicado que «no son adivinos» y no podían saber que las dos candidatas iban a renunciar para publicar una nueva convocatoria a la que la querellante no se presentó. Los cuatro concejales socialistas José Luis Valle, Angelita García, Alfonso Menéndez y Azucena Lorences han argumentado que votaron a favor al estimar que no era competencia del pleno declarar la incompatibilidad al ser el TSJA el órgano competente.

La denunciante, S.A.F., ha corroborado que vivía en Urria (Somiedo) y ha dicho que recurrió ante el Contencioso al considerar que las decisiones municipales eran nulas y veía «injusto» que se la excluyera. Además, ha recalcado que su tía le recomendó que no presentara su candidatura por su relación de «enemistad» con el alcalde.