La defensa de Riopedre recurre la denegación de la libertad condicional del exconsejero

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

 El ex consejero, José Luis Iglesias Riopedre, acompañado de su abogada Anabel Prieto y rodedado de medios de comunicación a su salida de la Audiencia.
El ex consejero, José Luis Iglesias Riopedre, acompañado de su abogada Anabel Prieto y rodedado de medios de comunicación a su salida de la Audiencia.

La abogada asegura que el estado de salud del exconsejero se ha agravado desde el ingreso en prisión del exconsejero

28 may 2020 . Actualizado a las 13:01 h.

La defensa del exconsejero de Educación José Luis Iglesias Riopedre ha recurrido la denegación de la libertad condicional que solicitaba por razones humanitarias al sostener que, a sus 80 años, su estado de salud se ha visto agravado desde su ingreso en la cárcel para cumplir cinco años de condena por el «caso Marea».

La abogada Anabel Prieto Torices ha interpuesto un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial contra el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que denegó su petición de libertad condicional siguiendo el criterio de la Fiscalía, que entendía que en caso de aceptarla sería «desmoralizadora para el conjunto de la sociedad» al no haber cumplido aún el exconsejero la cuarta parte de la condena.

La letrada, por el contrario, mantiene en su recurso de apelación que además del informe de la Junta de Tratamiento, posteriormente ratificado por Instituciones Penitenciarias, existen otros dos informes emitidos por la subdirección médica del centro y el servicio de Cardiología del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) que avalan que Riopedre ha sufrido un agravamiento de su estado de salud.

Prieto Torices ha señalado a Efe que «estos informes son oficiales y no de parte» y reclama que el exconsejero sea examinado por un médico forense que dictamine si, tal y como afirma la defensa, su estado de salud es «muy delicado» al padecer varias patologías, especialmente coronarias. Riopedre cumple una condena de cinco años, tras rebajar el Tribunal Supremo la pena inicial de seis años impuesta por la Audiencia Provincial, por los delitos de prevaricación en concurso con falsedad documental y fraude a la administración, así como cohecho.