Las claves sobre el ingreso mínimo vital en Asturias

L.O.

ASTURIAS

La prestación asturiana convivirá con la estatal y será compatible en algunos casos

26 jun 2020 . Actualizado a las 12:22 h.

La llegada del ingreso mínimo vital a Asturias presenta algunas particularidades ya que en la comunidad que ya existía una prestación, el Salario Social, con algo más de una década de existencia y con una amplia cobertura. Estas son algunas de las preguntas, y las respuestas, más frecuentes sobre el modelo de convivencia de ambas ayudas.

¿Debe solicitar el ingreso mínimo vital un perceptor del Salario Social?

Sí, aunque en todo caso la Consejería de Derechos Sociales desatacó que se coordinará con el Ministerio de Inclusión para que las personas que perciben el salario social básico que tengan derecho al ingreso mínimo vital puedan comenzar a recibirlo, de oficio, sin tener que acudir a solicitarlo de manera individual. El resto de personas que pudieran optar al ingreso mínimo pero que no percibían la ayuda asturiana deberán presentar su solicitud desde el próximo 15 de junio.

¿Dónde deben solicitarlo?

Preferentemente en la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social o a través de los canales telemáticos habilitados al efecto, utilizando el modelo normalizado que se determinará por la Seguridad Social.

¿Es compatible el ingreso mínimo vital con el salario social asturiano?

Sí, aunque hasta el límite de recursos previsto para la unidad económica de convivencia. La prestación asturiana tiene unos tramos marcados por miembros de la unidad de convivencia, el ingreso mínimo establece unas condiciones por las que se complementa la cantidad mínimas estipulada. Por ejemplo y según explicó el vicepresidente Iglesias en la presentación: «Una persona que viva sola tiene garantizada una renta de 462 euros al mes. Si esa persona no tiene ningún ingreso recibirá 462 euros a través del ingreso mínimo vital. Pero si esa persona tiene unos ingresos de 200 euros al mes, de un trabajo de jornada reducida por ejemplo, recibiría una prestación mensual de 262 euros». El Salario Social no computa como un ingreso para el cálculo del ingreso mínimo pero este, el IMV, sí computará como recurso para el cálculo del salario social básico.

¿Se puede percibir el ingreso mínimo vital y el salario social básico?

Sí, en aquellos casos en que la cuantía garantizada del salario social supere la del ingreso mínimo vital.

¿Se puede perder el salario social básico si se obtiene el ingreso mínimo vital?

Sí, en aquellos supuestos en los que la cuantía del ingreso mínimo supere el límite de ingresos previstos para la unidad económica de convivencia del salario social asturiano. 

¿Pueden solicitar el ingreso mínimo vital los mayores de 65 años?

No. El ingreso mínimo vital está destinado a personas menores de 65. Salvo en el caso de que seas mujer víctima de violencia de género o víctima de trata de seres humanos. Las personas mayores de 65 años que cobraban el salario social asturiano seguirán percibiéndolo. La prestación asturiana se mantendrá para varios grupos que no cubre la estatal, principalmente personas mayores de 65 años que vivan solas, familias con pensionistas o ingresos provenientes de pensiones de alimentos, y aquellas que no lleven conviviendo 1 año.

¿Deben solicitar el ingreso mínimo quienes ya hubieran iniciado los trámites para pedir el Salario Social?

En principio sí, hasta que se articule un sistema de intercambio de datos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social. La Consejería de Derechos Sociales detalló que «una vez dispongas de la acreditación de haberlo solicitado deberás comunicar dicho justificante al Servicio de Gestión de Salario Social Básico por los cauces habituales. Bien a través del centro de servicios sociales de tu Ayuntamiento o bien directamente».