En noviembre de 2020 el Tribunal Supremo dictaminó que el lobo es una especie protegida al estar incluida en el correspondiente Anexo de la directiva hábitats y que por tanto no se puede cazar sino que debería tener programas de protección y conservación. Poco antes el Tribunal superior de Castilla y León anulaba todos los planes de control del lobo de esa comunidad autónoma y sancionaba con más de 1,5 millones de multa. Y además hay un dictamen científico que propone, con datos y argumentos científicos y legales, que es necesario aumentar la protección del lobo.
Al mismo tiempo, tenemos una sanción encima de la mesa por no dar la protección adecuada a la tórtola europea y ni siquiera así ha sido posible que se incluyera también esta especie en el listado de protección.
Y por último un dato más: es el Estado quien debe responder por el cumplimiento (o no) de las normas europeas y la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad deja bien claro que el listado es de ámbito estatal y depende del Ministerio de Medio Ambiente.