Las nuevas restricciones al ocio nocturno, al detalle

Luis Fernández
Luis Fernández REDACCIÓN

ASTURIAS

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El BOPA publica la resolución en la que se especifican las medidas

12 jul 2021 . Actualizado a las 16:14 h.

El Principado realizó el anunció el sábado y ahora las nuevas restricciones al ocio nocturno han sido detalladas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). Las medidas, que entran en vigor a las 0.00 horas del martes 13 de julio, tendrán una duración inicial de 14 días -aunque podrán ser prorrogadas- y suponen el cierre del interior de estos establecimientos.

Las nuevas restricciones que recoge el BOPA son dos. La primera de ella es que «queda suspendida la actividad en el interior de los establecimientos dedicados a discotecas, salas de baile, locales de ocio nocturno y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo». A estos efectos, se entenderá por local de ocio nocturno «el que venga calificado como tal por su licencia de actividad y, muy particularmente, atendiendo a su horario autorizado de apertura». La segunda restricción es que «se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en las gasolineras y establecimientos y locales comerciales minoristas desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas».

El texto especifica que las medidas serán objeto de seguimiento y evaluación continua «con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto, en función de la situación epidemiológica». Además, también recoge que la ciudadanía «deberá colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas adoptadas por esta resolución».  

Los hosteleros ya han criticado con dureza esta medida y desde la patronal Otea, que pedían que el horario de apertura se ampliase de las 3.00 a las 5.00 horas, han asegurado que muchos negocios no podrán sobrevivir. Además, han adelantado que están estudiando la posibilidad de ecurrir estas restricciones en los tribunales.