Cientos de funcionarios asturianos podrán reclamar el complemento por maternidad

Marcos Gutiérrez ASTURIAS

ASTURIAS

Un jubilado participa en la manifestación en defensa de las pensiones en Gijón
Un jubilado participa en la manifestación en defensa de las pensiones en Gijón Eloy Alonso | EFE

El Tribunal Supremo acaba de reconocer por vez primera este derecho, que permitirá reclamar esta mejora de su pensión a un nutrido grupo de personas jubiladas entre 2016 y 2021

20 dic 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo acaba de reconocer por primera vez el derecho de un jubilado perteneciente a las clases pasivas, es decir, funcionario, a percibir el complemento de maternidad en su pensión. «El citado complemento no puede ser denegado únicamente por ser un hombre quien lo solicita», concluye el alto tribunal en su fallo, fechado el pasado 25 de noviembre.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha pronunciado de este modo sobre el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia dictada el 17 de junio del 2020 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid. Este fallo abre la puerta a que los jubilados de este colectivo —los pensionistas que desarrollaron su carrera profesional en las diferentes Administraciones— puedan reclamar el abono del citado complemento a su jubilación (5%, 10% o 15%), si cumplen el resto de requisitos que establece la ley.

José Antonio Landa Alonso, abogado que consiguió la primera sentencia en Asturias para los jubilados en régimen general, muestra su gran «satisfacción» ante esta noticia. En 2020 logró que un padre de dos hijos jubilado de Mieres, Jesús Agustín Gil Valdés, pudiera cobrar el plus de maternidad. Este letrado tiene «más de cien procedimientos iniciados ante la sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la espera de la sentencia del Tribunal Supremo».

El mencionado fallo «estima el recurso presentado por el Ministerio Fiscal abriendo la puerta, hasta ahora cerrada», a que todos los funcionarios de clases pasivas puedan reclamar su derecho igual que los jubilados por el régimen general, siempre y cuando cumplan los requisitos, es decir, «al menos dos hijos, jubilación forzosa o por invalidez y que el hecho causante, la jubilación, se haya producido entre el uno de enero de 2016 y el tres de febrero de 2021». Resalta que «en Asturias estaban saliendo todas las sentencias del régimen general y autónomos», pero que, sin embargo, faltaba «un colectivo muy importante, los funcionarios».

Esta mejora beneficia a «Policías Nacionales y todo tipo de funcionarios jubilados, que tienen derecho a este complemento al igual que otros trabajadores que cumplan estos requisitos». Considera que este fallo «es algo muy importante», ya que las personas que respondan a las condiciones antes mencionadas pueden reclamar estas mejoras «con garantías de que una vez que acaben el procedimiento se lo aprobarán». Asimismo plantea que «hasta ahora aquí en Asturias se estaba reconociendo desde que se reclama», sin embargo «el Tribunal Supremo de Madrid está reconociendo desde que se jubilaron», lo que aumentaría significativamente las cantidades a percibir.