Cinco personas acceden a la eutanasia en Asturias en su primer año de aplicación

La Voz REDACCION

ASTURIAS

Concentración en la Puerta del Sol a favor de la aprobación de la ley de eutanasia, aprobada en marzo
Concentración en la Puerta del Sol a favor de la aprobación de la ley de eutanasia, aprobada en marzo EFE | Chema Moya

Las solicitudes recibidas fueron 11, dos fueron negadas y cuatro personas fallecieron antes de que finalizase el proceso legal

28 jun 2022 . Actualizado a las 13:49 h.

Once personas solicitaron ayuda para morir durante  el primer año de la aplicación de la Ley de Eutanasia en Asturias. Salvo en dos casos, que fueron denegados, el resto cumplían los criterios establecidos en la ley de «situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables», según informa la Consejería de Salud del Gobierno asturiano.

Cuatro personas cuya solicitud fue admitida fallecieron antes de que finalizase el procedimiento legal para poder aplicarse, pero recibieron los cuidados paliativos indicados habitualmente en una sedación terminal. En total, se han realizado cinco prestaciones, cuatro de ellas en el domicilio y una quinta en el hospital, por propia voluntad de la persona que quería donar sus órganos. En todos los casos se llevó a cabo con un médico de referencia.

Estas personas padecían enfermedades neurológicas y oncológicas irreversibles, incapacitantes, de larga evolución, en fases muy avanzadas y sin alternativas terapéuticas. La edad media de los solicitantes es de 60 años; la persona más joven tenía 41 años y la de mayor edad, 77.

El procedimiento de la Ley Orgánica de Eutanasia (LORE) precisa de unos 45 días desde que se solicita la prestación y se hace efectiva. Además, se dispone de un plazo mínimo de quince días para favorecer la información sobre opciones y alternativas a quien ha pedido su aplicación  y facilitar su reflexión y deliberación sobre esta decisión vital. En ese sentido, en ninguno de los casos se ha producido desistimiento o aplazamiento de la prestación, lo que denota la seguridad, determinación y voluntad inequívoca de las personas que solicitan la ayuda para morir.

Testamento vital

 La Comisión de Garantía y Evaluación de esta ley en Asturias aprobaba hoy su balance anual, entre cuyas conclusiones destaca que, en este primer año de aplicación de la ley, se ha revelado la conveniencia de que las personas realicen las instrucciones previas, más conocidas como testamento vital, para asegurar el acceso a una muerte digna en el caso de que se quiera ejercer este derecho. El presidente de la comisión, el médico José Fernández Díaz, ha subrayado la necesidad de realizar una mayor pedagogía social sobre todos los aspectos relacionados con la muerte digna, en especial, sobre la importancia del denominado testamento vital, la eutanasia y los cuidados paliativos.

Por otra parte, la Consejería de Salud ha diseñado un programa de formación para el personal sanitario sobre las funciones, responsabilidades, apoyos y acompañamiento técnico y emocional para la figura de médico responsable, que se ha hecho extensible a todos los profesionales que participan en el proceso.