Una sentencia reconoce a una asturiana el derecho a acumular el permiso de maternidad y el de paternidad por ser madre soltera

Marcos Gutiérrez ASTURIAS

ASTURIAS

Juzgados de Oviedo
Juzgados de Oviedo E.P.

El abogado Francisco Javier Martínez Noreña explica que, en primera instancia, la consejería de Educación denegó la solicitud de su representada, por lo que acudió «al contencioso», que le dio la razón

06 may 2023 . Actualizado a las 19:23 h.

Francisco Javier Martínez Noreña, abogado del CSIF con despacho particular en El Berrón, acaba de ganar una sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativa número 1 de Oviedo, que reconoce a una madre el derecho a acumular el permiso de maternidad y el de paternidad por ser madre soltera.

La madre soltera a la que beneficia este reciente fallo judicial «en el certificado de nacimiento sale ella sola, no hay otro progenitor». Explica que en anteriores casos «el Supremo dijo que no en la jurisdicción social y ella es funcionaria». Es por esta razón que la mujer «fue al contencioso».

En este caso «lo que se alega más allá que una discriminación a la mujer, que también, es una discriminación al menor». En este sentido, Francisco Javier Martínez Noreña se pregunta «¿por qué un niño con una madre soltera solo tiene derecho a estar con ella 16 semanas y un niño con dos progenitores, 26 en total?».

Dice que ante esta sentencia «cabe recurso y hay que ver la Administración lo que hace». No obstante apunta que, en todo caso, se trataría «de un recurso en la vía contencioso-administrativa, que es diferente al social y donde el Supremo se había pronunciado».

Considera que en este litigio hay «un trasfondo de derecho internacional y europeo importante». Insiste en que «es algo que hay que pelear» ya que, en caso de que el recurso llegue de nuevo al Supremo (en este caso sería por la vía contencioso-administrativa), «puede haber opiniones discrepantes por los magistrados de lo contencioso».

En sus fundamentos de derecho, la sentencia expone que se caería en una suerte de discriminación para el menor «en el caso de reconocer que, a diferencia del que se integra en una familia biparental, no tendría el derecho o la posibilidad que su (único) progenitor pudiera dedicarle todo el tiempo o atención que sí recibe de ellos el menor que convive con sus dos padres, los cuales cuentan con la totalidad de tales dos tipos o clases de permiso».