Unicaja incluyó «indebidamente» a un cliente en el fichero de morosos durante cuatro años y tendrá que pagarle 5.000 euros

N.O.

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Nuevo logotipo de Unicaja Banco que ya luce en el estand de la Feria de muestras en Gijón
Nuevo logotipo de Unicaja Banco que ya luce en el estand de la Feria de muestras en Gijón ELOY ALONSO

El largo proceso judicial ha terminado en el Tribunal Supremo, que ve una vulneración al derecho al honor por parte de la entidad bancaria

19 ene 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Un cliente de Unicaja será indemnizado con 5.000 euros después de que la entidad bancaria lo incluyera en el registro de morosos durante cuatro años. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo entiende que el banco habría vulnerado el derecho al honor del afectado, quien ha ganado una larga contienda judicial tras un recurso de casación contra la entidad.

No obstante, no ha sido un proceso sencillo para el hombre. En primer lugar, el cliente al que ahora Unicaja debe indemnizar tuvo que presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia nº1 de La Carolina, situado en Jaén. Fue en ese momento cuando argumentó que la entidad bancaria habría atentado contra sus derechos fundamentales, tanto al del honor como al de la protección de sus datos personales. Pedía por tanto que el banco cancelara sus datos del registro de morosos, además de una indemnización por los daños morales que esta situación le habría producido.

El juzgado de instrucción desestimó la demanda, pero la Audiencia Provincial de Jaén sí respaldó la postura del afectado después de que este presentara un recurso de apelación. En ese documento, el juez destacaba la vulneración del derecho al honor del afectado por parte de Unicaja, a la que se le ordenó retirar las anotaciones en los ficheros de morosos. Sin embargo, el fallo no contemplaba una indemnización para el hombre.

El caso finalmente llegó al Tribunal Supremo tras un recurso de casación por parte del cliente de Unicaja. Tras el engorroso proceso judicial, la Sala de lo Civil ratificó la vulneración al derecho al honor al incluirse en el fichero de morosos «indebidamente», pero además ha obligado a Unicaja a indemnizar con 5.000 euros al afectado, valorando así el perjuicio sufrido, ya que la inclusión en este tipo de registros electrónicos acarrea consecuencias como la negación de tarjetas de crédito o falta de credibilidad, así como dificultades para la compra de inmuebles o automóviles, entre otros. Se trata por tanto de un archivo en el que se recogen los datos de impagos tanto de personas físicas como jurídicas, utilizado comúnmente por los bancos para evaluar, entre otras operaciones, el riesgo de conceder un crédito a alguno de sus clientes

La sentencia recoge de forma textual que «sería indemnizable el quebranto y la angustia producida por las gestiones más o menos complicadas que haya tenido que realizar el afectado para lograr la rectificación o cancelación de los datos incorrectamente tratados». El cliente, afectado por la situación durante al menos cuatro años, padeció hasta seis consultas negativas de su situación financiera por parte de entidades bancarias y de telefonía, sufriendo además un rechazo de la tarjeta de cliente de El Corte Inglés. Ahora Unicaja tendrá que acatar el fallo judicial e indemnizar con 5.000 euros más intereses al afectado.