Francisca Fernández, abogada de la mujer obligada a parir en el hospital: «Inducirle el parto forzosamente vulnera los derechos humanos»

Carmen Liedo REDACCIÓN

ASTURIAS

Madre y recién nacido durante la lactancia. Foto de archivo
Madre y recién nacido durante la lactancia. Foto de archivo VITHAS

La letrada valora de forma positiva que el caso de Clementine Porta, que ha sido admitido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuente con apoyos como el de la Asociación de Mujeres Juezas

12 may 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Seis años dura ya la batalla judicial de Clementine Porta por haber sido obligada mediante orden judicial a ingresar para inducir el parto y parir en el Hospital Universitario Central de Asturias en abril de 2019 tras haber alcanzado la semana 42 de gestación cuando su decisión era tener a su bebé en casa y cuando todos los controles que había realizado antes de ese ingreso obligatorio «salieron perfectos», ha contado ella misma. Además, al llegar a casa, después de ese último control en el centro hospitalario, se había puesto de parto por sí misma, por lo que a día de hoy sigue sin entender que se la obligara a ingresar para inducir el parto cuando ya se había desencadenado de forma espontánea.

A Clementine le costó una semana, después de salir del hospital con su hija en brazos, que nació finalmente mediante cesárea, decidir si denunciaba o no lo que le había pasado. Ella misma explica que su caso se había vuelto muy mediático y que tenía a la opinión pública en contra, pero también encontró apoyos, así que puso el caso en manos de Francisca Fernández Guillén, abogada especializada en negligencias médicas, que considera que con Clementine Porta se produjo una vulneración del derecho a la integridad física y moral, y a la autonomía personal, además de discriminación de género. Lo que ve la letrada es que la jueza que emitió la orden de ingreso para inducir el parto «no consultó con el médico forense ni recabó testimonio de la comadrona que en ese momento atendía a la parturienta, no le dio trámite de audiencia y no le permitió gozar de defensa letrada».

Además, y como reconoció el Tribunal Constitucional, «actuó al margen del procedimiento penal». Una vez que Clementine ingresó en el Hospital, la jueza no vigiló el cumplimiento de su resolución, por lo que permaneció ingresada a pesar de que la orden perdió su objeto. Es decir, la abogada alega que en ningún momento se contrastó lo que decía el hospital. Otros aspectos que tiene en cuenta es que Clementine ya estaba de parto cuando la policía acudió a su casa con la orden judicial que la obligaba a la inducción del parto y que, posteriormente, desde el juzgado no se controló cómo se estaba desarrollando el caso y el hospital, por su parte, también comunicó nada al mismo.

Hasta el momento, Francisca Fernández no ha conseguido una sentencia favorable para Clementine Porta ni de los tribunales de primera instancia, ni del Supremo ni del Constitucional por haberla obligado con una orden judicial a ingresar en el hospital para dar a luz a su hija. Pero ambas están dispuestas a seguir luchando y el caso está en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. En el recurso que ha presentado defiende que la orden judicial fue contraria a derecho y plantea que no hay ninguna previsión legal que ampare un caso de estas características en el ordenamiento jurídico español.

Lucha contra la violencia obstétrica

Francisca Fernández inició su carrera como abogada, precisamente, en la lucha contra la violencia obstétrica a raíz de una propia experiencia personal de abuso y violencia en la atención obstétrica. «Me decidí a pleitear en estos casos», explica la misma que, además, es cofundadora de la Asociación el Parto es Nuestro. Eso la llevó a representar a Clementine que, según dice, «es uno más de los muchos que llevo de abuso con resultado de lesiones tanto para la madre como para el bebé en la asistencia obstétrica». Y es que, lo que resalta, es que, si bien hay casos de otras especialidades que también lleva «que son de pura negligencia médica, lo que diferencia la violencia obstétrica es que hay un abuso de poder y un intento consciente de anular la capacidad de decisión de las mujeres». Así, incide en que «realmente, lo que prima no es la negligencia o la mala praxis en el sentido clínico, sino un abuso de poder, un engaño y, a lo mejor, una coacción».

Por lo pronto, el caso de Clementine Porta ha sido admitido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por lo que ahora ella y su abogada están «en espera de que siga su tramitación». En este nuevo paso judicial, han contado con el apoyo de la Asociación de Mujeres Juezas, que ha presentado a la causa un amicus curiae (opinión jurídica de un tercero que, sin ser parte en un litigio, presenta información o argumentos a un tribunal para ayudar en la resolución de un caso), es decir, un apoyo público al caso. «Ellas han hecho un informe dirigido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el que exponen su parecer sobre el caso», explica Francisca Fernández, que añade que «el apoyo de colectivos como la Asociación de Mujeres Juezas es muy importante porque dan una idea al tribunal haciendo una asesoría voluntaria».

La Asociación de Mujeres Juezas expone en el informe que «la decisión de obligar a Clementine Porta a someterse a una inducción del parto forzosa vulnera los derechos humanos de las mujeres durante el embarazo y el parto y supone un trato discriminatorio y denigrante hacia ella». También explicitan que el procedimiento se llevó «sin cumplir los requisitos legales» para el ingreso, sin tener en cuenta el derecho de autodeterminación de la paciente, al no permitirle tomar una decisión informada y optar entre las alternativas existentes.

«El informe es un apoyo grande porque refuerza el interés del caso y el fundamento del caso para la admisión estimación del mismo», señala la abogada, que tiene el precedente de que ha sido «muy importante» en los casos presentados ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer: «presentaron amicus curiae hasta 80 organizaciones internacionales que trabajan en contra de este tipo de violencia», detalla.

«Pensar que este tipo de órdenes son legales es un error»

Afortunadamente, casos como el de Clementine son excepcionales, aunque Francisca Fernández asegura que sí ha tenido noticia de algún otro, pero también de jueces que se han negado a dictar este tipo de órdenes. «Pero sí ha habido intentos», indica la misma, que indica que «por parte de las asesorías jurídicas de algunos Servicios de Salud y Colegios Médicos se ha difundido la idea de que el médico puede e incluso debe someter a la gestante a su opinión, lo que no es cierto». En este sentido, precisa que «la Ley 41/2002, de autonomía del paciente, prevé que todos pacientes y usuarios tenemos el derecho a tomar decisiones informadas, sin que las mujeres hayan sido excluidas de esa protección por el hecho de estar embarazadas».

Ahora falta ver cuál es la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una resolución que Francisca Fernández desconoce cuándo puede llegar. «No hay ningún plazo, depende de su agenda y del volumen de casos que tengan, que son muchos. Entonces, simplemente, hay que esperar y tener paciencia y algún día llegará la sentencia que espero que sea muy positiva», concluye la misma.