El abogado del conductor del Alsa accidentado en Avilés: «La sentencia impacta a todos los transportistas de España»
ASTURIAS
Alberto Rendueles asegura que Omar López es inocente y elevará el caso «hasta donde haga falta»: «¿Si llega a morir en el accidente a quién estarían juzgando ahora mismo?»
13 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Omar López —el conductor del Alsa que sufrió un accidente de tráfico en septiembre de 2018 en Avilés, con un balance de cinco fallecidos y catorce heridos— ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés a tres años de prisión, al pago de 122.000 euros en indemnizaciones y a la retirada definitiva del permiso de conducir. Se le considera autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y de doce delitos de lesiones por imprudencia grave. Su abogado, Alberto Rendueles, asegura a este periódico que ya están preparando el recurso para elevar el caso hasta la Audiencia Provincial y que llegarán «hasta donde haga falta». «Están condenando a un inocente. Estamos convencidos de que Omar es inocente y de que ha cumplido con lo que mandaron los servicios médicos. Es una sentencia con un impacto total para todos los transportistas de España», afirma el letrado.
La Fiscalía del Principado de Asturias había solicitado inicialmente una pena de cuatro años de prisión, seis de retirada del permiso de conducir y otros seis de inhabilitación para ejercer como conductor profesional. El Ministerio Público consideraba que el acusado conducía el vehículo público a pesar de saber que no podía hacerlo por padecer epilepsia y por la medicación que tomaba, algo que, según la Fiscalía, él conocía pero no había comunicado a la empresa de transportes para la que trabajaba. Un punto en el que discrepa por completa la defensa del conductor. «¿Cómo es posible que la sentencia diga que la empresa no sabía nada? Si lo sabía es porque él lo informó. Y si no lo sabía, ¿por qué tendría que ser Omar quien conociera los cambios en la normativa médica sobre conducción? Si a él le dan el alta, entiende que está en condiciones óptimas para ejercer su trabajo», señala Rendueles.
La sentencia recoge que el conductor padecía epilepsia focal criptogénica desde 2015 y que había estado de baja laboral durante un año tras una crisis. Según el fallo, «al reincorporarse a su puesto no informó ni a la empresa ni al servicio de prevención de los informes médicos que acreditaban esa patología». A la fecha de los hechos, seguía bajo tratamiento médico —con fármacos incompatibles con la conducción profesional de autobuses— y no cumplía los requisitos exigidos por la normativa, que establece un periodo mínimo de cinco años sin crisis ni medicación, según relata el fallo judicial. En relación a ello, Alberto Rendueles explica que «le dijeron que se necesitaban dos episodios para diagnosticar epilepsia y Omar no volvió a tener ninguno en 10 años después del primero», añadiendo que uno de los informes médicos «solo le recomienda esperar un año para volver a conducir, nada más».
Una sentencia que «afecta a todos los transportistas»
A su juicio, «ahora es muy fácil decir todo eso para evitar responsabilidades. ¿Y si llega a morir en el accidente a quién estarían juzgando ahora mismo?». Según explica, Omar López acudió a los reconocimientos cuando fue requerido por el servicio de prevención y fue declarado apto. «No puede recaer toda la responsabilidad sobre él, como si tuviera que ser experto en legislación sanitaria, medicina y además conducir», indica el letrado, quien sobre la situación procesal de su cliente aclara que no ingresará en prisión hasta que haya una sentencia en firme: «La situación sigue igual hasta que se pronuncie la Audiencia. Y si hace falta, llegaremos hasta donde sea: el Tribunal Supremo, Europa...».
Rendueles es claro. Considera que esta sentencia «afecta de lleno al sector del transporte». En sus palabras: «Ahora mismo, si dan el alta a cualquier transportista por una enfermedad es él quien tiene que comunicarlo. Y si no lo hace, se entiende que el servicio de prevención se ha equivocado, porque tiene que ser también experto en derecho, en medicina y además en conducir». La sentencia concluye en este aspecto que el conductor «era conocedor de la enfermedad que padecía y, como conductor profesional, del riesgo que la misma generaba en el ejercicio de su profesión», y que «las circunstancias (diagnóstico, baja laboral y tratamiento antiepiléptico), al no comunicarlas el acusado, no eran conocidas por el servicio de prevención contratado por la empresa Alsa desde 2018». Sin embargo, la defensa sostiene que el conductor actuó conforme a las indicaciones médicas que recibió y que Omar López «cumplió con lo que mandaron los médicos».