Despiden a una trabajadora de una empresa de Corvera por humillar a sus compañeros: «Vagos, asquerosos, funcionarios»

Sergio Muñoz Solís
Sergio M. Solís REDACCIÓN

ASTURIAS

Imagen de archivo de un almacén
Imagen de archivo de un almacén ALBERTO LÓPEZ

La mujer era esposa del gerente del centro, hecho que, según la justicia, aprovechó para ejercer un clima de hostigamiento diario

10 jul 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora en una empresa logística del polígono de Cancienes, en Corvera, por lo que la Sala ha considerado una conducta «intimidante y amenazante» hacia sus compañeros. La mujer, que llevaba trabajando desde 2011 en el almacén, era esposa del gerente del centro, hecho que, según la resolución, aprovechó para ejercer un clima de hostigamiento diario.

La historia comenzó a destaparse a raíz de las quejas del resto de trabajadores del centro, un grupo de apenas cinco personas. Todos ellos denunciaron sentirse vejados por su compañera, quien, tal y como recoge la sentencia, no dudaba en insultarlos de forma sistemática: «vagos», «asquerosos», «funcionarios», son solo algunas de las expresiones que empleaba a diario, siempre con tono despectivo. La justicia califica este comportamiento como «constantes humillaciones» que derivaron en «un ambiente laboral insostenible».

El relato que ofrecen los hechos probados resulta ilustrativo del clima tóxico que se vivía en el almacén. Además de los insultos, la trabajadora imponía decisiones que afectaban directamente al bienestar físico de sus compañeros, como abrir puertas y ventanas en invierno o quitar calefactores en espacios comunes. En un caso especialmente llamativo, colocó un ventilador de aire frío apuntando directamente a sus colegas, quienes llegaron a protegerse con cartones bajo las mesas. La respuesta de ella fue mover el ventilador encima de su mesa para mantener el chorro directo hacia ellos.

La lista de actos intimidatorios no termina ahí. Tal como recoge la sentencia, llegó a apagar las luces del almacén mientras otros compañeros cargaban y descargaban mercancía, lo que no solo generaba malestar sino también un riesgo físico. En otra ocasión, desplazaba una mampara del aparcamiento para obligar a un repartidor a bajarse a moverla cada día antes de aparcar, en lo que parece una acción deliberada de menosprecio.

Uno de los elementos que más pesó en el fallo judicial fue la respuesta, o falta de ella, del gerente del centro, su marido. Cuando los trabajadores acudieron a él para pedir ayuda, este se limitó a decir: «Yo soy parte, no voy a hacer nada». Esta inacción refuerza, según el tribunal, la idea de que la trabajadora se sentía impune para actuar.

La empresa terminó entregándole la carta de despido el 27 de abril de 2023, después de abrirle expediente disciplinario. Ella alegó ser víctima de acoso por parte de sus compañeros, y posteriormente recurrió el despido. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social de Avilés como el Tribunal Superior de Justicia han desestimado sus pretensiones.

En su análisis, los magistrados asturianos descartan que se haya producido ninguna vulneración de derechos fundamentales, ni que existiera prescripción de los hechos, tal como defendía su defensa. Por el contrario, avalan la gravedad de los incumplimientos, subrayando que no se trató de hechos aislados sino de una «conducta reiterada» amparada en el abuso de autoridad.

El fallo destaca que su actitud se encuadra perfectamente dentro de la falta muy grave tipificada en el artículo 65.10 del Convenio Colectivo de la Industria Química, que sanciona los malos tratos de palabra u obra, el abuso de autoridad y la falta grave de respeto a compañeros y superiores.

Con esta decisión, la justicia confirma que el despido fue procedente. La trabajadora no tendrá derecho a indemnización ni a salarios de tramitación. La sentencia aún podría ser recurrida en casación para unificación de doctrina.