Condenado a más de 15 años de cárcel un profesor asturiano por abusar de tres alumnas de sexto de Primaria

Sergio Muñoz Solís
Sergio M. Solís REDACCIÓN

ASTURIAS

Imagen de archivo de un colegio
Imagen de archivo de un colegio CARMELA QUEIJEIRO

El tribunal concede un peso determinante al testimonio de las menores, destacando su coherencia, persistencia en el tiempo y ausencia de indicios de invención

19 mar 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

Un profesor interino de un colegio público asturiano ha visto confirmada su condena por abusos sexuales a tres alumnas de 11 años después de que el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias desestimara el recurso presentado por su defensa. La resolución ratifica en todos sus extremos el fallo previo de la Audiencia Provincial y da por plenamente acreditados unos hechos que se produjeron en el ámbito escolar durante el curso 2021-2022.

Según recoge la sentencia, el docente, que impartía clase de Llingua Asturiana a un grupo de sexto de Primaria, aprovechó su posición de autoridad para mantener un contacto físico inapropiado con varias alumnas. El tribunal considera probado que estos comportamientos no fueron aislados, sino que se repitieron en distintas ocasiones a lo largo del curso. En palabras del propio fallo, el acusado «se sirvió de su posición como profesor para acercarse a ellas y acariciarles el cabello deslizando su mano por el cuello hasta la zona del pecho, satisfaciendo su propósito libidinoso».

Además, la resolución judicial describe otro episodio concreto ocurrido durante una actividad escolar, en el que el profesor sujetó a una de las menores por las caderas, también con intención de carácter sexual. Estas situaciones generaron un progresivo malestar en las niñas, que comenzaron a evitar el contacto con el docente e incluso a mostrar rechazo a asistir a clase. En uno de los casos, la menor afectada llegó a presentar «problemas de sueño y ansiedad», según consta en la sentencia.

La Audiencia Provincial ya había condenado al acusado por tres delitos continuados de abusos sexuales a menores de 16 años, imponiéndole penas de prisión que suman más de quince años, además de una prolongada inhabilitación para el ejercicio profesional y la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con las víctimas durante una década. También se fijó una indemnización económica para una de las menores y se declaró la responsabilidad civil subsidiaria de la Administración autonómica.

La defensa recurrió esta decisión alegando, entre otras cuestiones, la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Argumentaba que los hechos podían interpretarse como gestos sin intencionalidad sexual y cuestionaba la solidez de las pruebas. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia ha rechazado estas alegaciones y ha respaldado la valoración realizada en la instancia anterior.

El tribunal concede un peso determinante al testimonio de las menores, destacando su coherencia, persistencia en el tiempo y ausencia de indicios de invención. Asimismo, señala que sus declaraciones se vieron reforzadas por otros elementos, como los cambios observados en su comportamiento por parte de familiares y personal del centro educativo.

La sentencia también incide en que, en este tipo de delitos, no es necesario que exista un contacto directo con partes íntimas para apreciar una conducta de carácter sexual, sino que debe valorarse el conjunto de circunstancias. En este caso, la relación de autoridad entre profesor y alumnas, la reiteración de los comportamientos y el perfil de las víctimas son factores que, a juicio del tribunal, refuerzan la interpretación de los hechos como abusivos.