Un trabajador de la construcción logra la incapacidad permanente tras años sufriendo caídas sin causa médica identificada
ASTURIAS
La Justicia reconoce que los episodios de pérdida de estabilidad eran incompatibles con su trabajo en demoliciones pese a la ausencia de un diagnóstico definitivo
15 jun 2026 . Actualizado a las 11:41 h.Durante más de dos décadas, un trabajador convivió con caídas repentinas e imprevisibles que aparecían sin previo aviso y cuyo origen nunca pudo ser determinado por los especialistas. Ahora, una sentencia ha reconocido que esas limitaciones eran suficientes para impedirle desarrollar con seguridad su profesión habitual.
El afectado, peón especialista en demoliciones, ha obtenido el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total después de años sufriendo episodios de pérdida de estabilidad que, pese a los numerosos estudios médicos realizados, continuaban sin una explicación clara. Según recoge la resolución judicial, los episodios se fueron agravando con el paso del tiempo hasta producirse entre cuatro y seis veces al año. Se manifestaban mediante una repentina sensación de bloqueo que provocaba la caída al suelo.
Aunque la extensa evaluación médica a la que fue sometido no permitió identificar una enfermedad concreta que explicase el origen de estos episodios, la existencia de las caídas y de los problemas de estabilidad quedó plenamente acreditada desde el punto de vista médico y laboral. La relevancia de estas limitaciones resultaba especialmente evidente en una profesión como la suya. Como peón especialista en demoliciones, desarrollaba su actividad en un entorno en el que la estabilidad física constituye una condición indispensable para desempeñar sus funciones con seguridad.
Ante las dificultades que esta situación le generaba para continuar trabajando, el afectado acudió a Velázquez & Villa Abogados en busca de asesoramiento jurídico. Tras analizar su situación médica, personal y laboral, el equipo jurídico inició los trámites para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La solicitud fue denegada en vía administrativa por el INSS, por lo que el caso tuvo que ser llevado ante la jurisdicción social. Finalmente, el Juzgado de lo Social número 2 de Oviedo reconoció al trabajador la situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual. La sentencia concluye que los problemas de estabilidad que padecía afectaban de forma directa al ejercicio de sus funciones profesionales y limitaban de manera significativa su capacidad para desarrollar con normalidad las tareas propias de su trabajo.
Como consecuencia de esta resolución, el trabajador ha visto reconocido su derecho a percibir una pensión equivalente al 75 % de su base reguladora.
Según explican desde Velázquez & Villa Abogados, el caso presenta una «especial relevancia jurídica al poner de manifiesto que, en materia de incapacidad permanente, lo determinante no es la existencia de un diagnóstico concreto, sino las limitaciones reales que afectan a la capacidad laboral del trabajador». La sentencia centra su análisis en las consecuencias efectivamente padecidas por el afectado y en cómo estas resultan incompatibles con el desempeño de su profesión habitual.