La «rama asturiana» del caso Ábalos: el Supremo señala un encuentro en Gijón como inicio del vínculo con Claudia Montes
ASTURIAS
La sentencia del Tribunal Supremo considera que las posteriores gestiones realizadas para facilitar la contratación de «Miss Asturias» en Logirail constituyeron un delito de tráfico de influencias
22 jun 2026 . Actualizado a las 22:10 h.La sentencia del Tribunal Supremo contra el exministro de Transportes y exdirigente socialista José Luis Ábalos, al que se le ha impuesto una pena de 24 años y 3 meses de cárcel, también deja una «rama asturiana». La resolución sitúa en Gijón el origen de la relación entre el exministro y Claudia Montes y considera que las posteriores gestiones realizadas para facilitar su contratación en una empresa pública constituyeron un delito de tráfico de influencias. Por estos hechos, la Sala condena tanto a Ábalos como a su exasesor Koldo García.
Los magistrados consideran probado que ambos se conocieron durante un mitin del PSOE celebrado en Gijón en mayo de 2019. A raíz de aquel encuentro se inició una relación personal que llevó a Claudia Montes a mantener contacto con el entonces ministro mediante llamadas telefónicas y mensajes. Según recoge la resolución, Montes le trasladó su situación de desempleo y Ábalos le remitió enlaces de distintas empresas estatales dependientes de su ámbito de gestión. Meses después, el 8 de octubre de 2019, escribió a Koldo García sugiriéndole la contratación de la mujer «en Renfe, ADIF o alguna de sus subcontratas», a lo que su asesor respondió: «Sí. Lo arreglo».
La mujer acabaría siendo contratada el 16 de diciembre de ese año por Logirail, sociedad pública del grupo Renfe. Inicialmente fue destinada a unas dependencias de la empresa en Oviedo, aunque, de acuerdo con la sentencia, mostró su descontento por las condiciones del puesto y decidió dejar de acudir al trabajo, lo que motivó la apertura de un expediente disciplinario por falta grave.
El tribunal otorga especial importancia al testimonio de Enrique Martínez, gerente en Oviedo y primer responsable de Claudia Montes en Logirail, quien explicó que, tras su presentación el primer día, la trabajadora «dejó de acudir a la empresa». Cuando se le comunicó la apertura del expediente, ella le trasladó que «Koldo le ha dicho que no es necesario que vaya a trabajar». El responsable solicitó entonces que esa instrucción se le comunicara por escrito y posteriormente recibió una llamada del exasesor ministerial que interpretó como amenazante, ya que «se estaba tratando mal a esta señora e iban a rodar cabezas».
La resolución también recoge que José Ángel Méndez, gerente de Logirail en Asturias, fue cesado cuando el expediente disciplinario estaba a punto de empezar a resolverse, sin que, según declaró durante el juicio, se le explicaran las razones de su relevo. En sus fundamentos jurídicos, el Supremo concluye que la relación personal iniciada tras aquel encuentro en Gijón está «en el origen del privilegiado proceso de contratación» de Claudia Montes.
La Sala sostiene que Koldo García intervino para eliminar los obstáculos que pudieran surgir y para neutralizar las exigencias de los superiores de la trabajadora, por lo que considera acreditado un delito de tráfico de influencias. La sentencia señala además que la propia Claudia Montes reconoció durante el juicio ser consciente de que Ábalos y Koldo García «hicieron algo detrás» para facilitar su incorporación a la sociedad estatal, aunque afirmó que nunca le reconocieron expresamente que la hubieran «enchufado».