Condenados a 18 meses de cárcel por dejar morir de calor en su coche a una perra

Marcos Gutiérrez REDACCIÓN

ASTURIAS

Audiencia provincial de Asturias
Audiencia provincial de Asturias Juan González | EFE

Una pareja que estaba comiendo en un restaurante de Parres hizo padecer al animal una agonía «de alto sufrimiento por deshidratación», consiguiendo sobrevivir el otro can que se encontraba en el interior del vehículo gracias a los veterinarios

17 sep 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

Una pareja que estaba comiendo en un restaurante de Parres dejó morir asfixiado de calor a un perro Yorkshire, y a punto estuvo de hacer lo mismo con otro, al abandonarlos a su suerte encerrados en su coche. Todo ello siendo perfectamente conscientes de la situación e, incluso, habiendo sido alertados por otros clientes y por el personal del establecimiento hostelero.

Por esta total ausencia de humanidad la sección segunda de la Audiencia Provincial los ha condenado a una pena de prisión de 18 meses por maltrato animal, si bien ha absuelto a la hija de la mujer, trabajadora del establecimiento hostelero y propietaria de los canes, al estimar su recurso contra la sentencia dictada en la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Oviedo, en el sentido de que no se acreditó una actitud negligente por su parte.

Los hechos juzgados tuvieron lugar en torno al mediodía del 4 de septiembre de 2022, en el parking de un restaurante de la localidad llanisca de Parres. En ese lugar, establece la sentencia, dejaron estacionado el vehículo, propiedad de la mujer, «dándole fuertemente el sol mientras ellos estaban en el interior del restaurante, así como también sabedores de las altas temperaturas que había ese día, hicieron caso omiso a las múltiples advertencias que diferentes empleados del establecimiento les hicieron de que las perras se encontraban en situación de peligro vital debido al extremo calor que hacía», muriendo finalmente una de ellas.

Agentes de la Guardia Civil que se personaron sobre las 16 horas de ese día pudieron comprobar que los animales estaban siendo asistidos por una veterinaria, «produciéndose el fallecimiento de una de las perras debido a las altas temperaturas en el interior del mencionado vehículo». Esta perra padeció una muerte «agónica y de alto sufrimiento por deshidratación» y la otra logró salvar su vida «gracias a la intervención del personal veterinario».

La resolución añade que, «frente a la versiones absolutamente exculpatorias facilitadas por los acusados», al cuidado de quienes habían quedado los perros propiedad de la hija de la mujer, resulta acreditado plenamente «un comportamiento omisivo». Estas personas, «con el fin de exculparse de toda responsabilidad», manifestaron que los animales habían quedado en el vehículo con las ventanas abiertas, a la sombra y provistos de agua. En este sentido, también se defendieron afirmando que uno de los acusados, la pareja sentimental de la mujer, «había salido del restaurante nada más ser alertado por la camarera» de la situación y que la mujer «no se había enterado del aviso porque se encontraba en el servicio».

Frente a esta versión se alzan los testimonios vertidos por agentes de la Guardia Civil y trabajadores del establecimiento hostelero, que probaron que los acusados habían tenido un comportamiento «que les hace merecedores de la condena impuesta, por cuanto su modo de actuar es revelador de la más absoluta falta de atención y cuidado hacia los animales, teniendo en cuenta las condiciones climatológicas existentes ese día» y las características de las perras que, por su reducido tamaño y la condición de salud de una de ellas, «las hacían más vulnerables y propensas a la deshidratación».

Todo esto, continúa el tribunal, «exigía haber extremado las precauciones, pues sin duda ambos eran sabedores de la situación en que dejaron a los animales y las consecuencias que de ello podrían derivarse». Es por esto que, con independencia que los animales hubieran quedado en el interior de un vehículo estacionado a la sombra y con las ventanillas traseras abiertas unos centímetros, «no puede obviarse que en ningún momento, ninguno de ellos, se molestó en acudir al vehículo durante el tiempo que permanecieron en el interior del establecimiento comiendo, para verificar como se encontraban».

El fallo continúa afirmando que todo ello sucedió a pesar de ser un día soleado con altas temperaturas, cuando a nadie se le escapa que «el curso natural del sol podría determinar que la sombra llegase a dejar de cubrir el vehículo» y que, como consecuencia de ello, las elevadas temperaturas que pueden llegar a alcanzarse en su interior expondrían a los animales «a unas condiciones extremas gravemente perjudiciales para su salud».

Ambos acusados fueron alertados por un empleado que se encontraba a las puertas del establecimiento de la situación de peligro en que se encontraban las perras, ya que a él unos Guardias Civiles fuera de servicio «le había comunicado que se estaban asfixiando», e hicieron «caso omiso» de dicha advertencia.

Pasado un tiempo (que se calculó en unos 15 o 20 minutos) volvieron a ser advertidos «de forma enérgica» por el propietario del establecimiento «dada la magnitud del problema y su pasividad». Este hostelero llegó a manifestar al acusado que «o salía o le rompía la ventanilla del coche». Fue en ese momento en el que salieron y se encontraron con que el vehículo estaba al sol, que una de las perras estaba agonizando y que la otra, a la que hubo que reanimar para salvarle la vida, a punto estuvo de sufrir el mismo destino.

El tribunal, no obstante, considera que, en el caso de la hija de la mujer y propietaria de los perros, no puede acreditarse «una actuación omisiva consciente y voluntaria por su parte», al contrario de lo que ocurre con los otros acusados ya que, si bien la misma no era desconocedora que las perras habían quedado en el interior del vehículo y tampoco de las condiciones climatológicas reinantes, «no puede obviarse que las había dejado al cuidado de su madre y su pareja, porque ella trabajaba en el local, por lo que es absolutamente conforme a la lógica que se hubiese desentendido personalmente de su cuidado y por ello que no se viera en la necesidad de comprobar si estaban siendo debidamente atendidas».

Además, «resulta plenamente acreditado que se encontraba trabajando en otro comedor y que se enteró de lo ocurrido al ver el revuelo y cómo su jefe salía del establecimiento muy nervioso». Asimismo, su comportamiento ante la evidencia «también es revelador de un trato correcto con las perras, por cuanto al percatarse de lo que sucedía, salió precipitadamente en dirección al vehículo portando una botella de agua para atender a los animales, procediendo a la reanimación de las perras, y por último, tampoco ha de dejar de valorarse la situación anímica sufrida por la misma como consecuencia de lo acaecido».