El TSJA eleva a 20 años la pena a Makelele por el asesinato de Sonia Mitre

EFE OVIEDO

GIJÓN

Abdou Ndiaye, más conocido como Makelele, en el jucio por el homicidio de Sonia Meléndez Mitre
Abdou Ndiaye, más conocido como Makelele, en el jucio por el homicidio de Sonia Meléndez Mitre

La sentencia del TSJA desestima en su totalidad el recurso de apelación interpuesto por la defensa

03 may 2018 . Actualizado a las 17:08 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha elevado de 18 a 20 años de cárcel la pena impuesta a Abdou Ndiaye, conocido como Makelele, por el asesinato de su expareja, la conocida hostelera gijonesa Sonia Meléndez Mitre.

La sentencia del TSJA desestima en su totalidad el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Makelele, natural de Senegal, mientras que acepta parcialmente el formulado por la acusación particular. De esta manera, deja sin efecto la atenuante de dilaciones indebidas reconocida en la primera sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial.

El resto de la sentencia dictada por la Audiencia en relación al crimen cometido el 16 de julio de 2015 queda confirmada en todos sus pronunciamientos, por lo que mantiene el pago de indemnizaciones por un total de 210.000 euros a la hija, la madre y el hermano de la víctima, que tenía 48 años en el momento de ser asesinada.

La sentencia de primera instancia fue dictada el pasado mes de enero después de que el jurado popular le declarara culpable de un delito de asesinato con alevosía y la agravante de discriminación por razón de género. El acusado, que durante el juicio negó haber estado en la vivienda de la mujer el día de los hechos, trabajaba como empleado en el establecimiento que la empresaria tenía en Gijón, el Bar Sinatra, del que llegó a ser el encargado.

Ambos iniciaron una relación sentimental que según la sentencia llegó a ser «seria, estable y con vocación de permanencia». No obstante, la mujer decidió poner fin a la relación personal y laboral el 14 de julio de 2015 «tras haber sufrido varias agresiones por parte del acusado». El fallo consideró probado que el acusado se personó ese mismo día en el bar y que, en presencia de clientes y empleados, la amenazó de muerte al zarandearla mientras decía «a esta hija de puta la voy a matar, la voy a hacer desaparecer». El acusado acudió dos días después, a primera hora de la tarde del 16 de julio de 2015, a la vivienda de la mujer y allí la golpeó repetidamente y la estranguló.

En su recurso de apelación, la defensa de Makelele había alegado quebrantamiento de formas y garantías, puesto que el acusado no fue asistido por un intérprete pese a no dominar el español de forma suficiente, a lo que el TSJA recuerda el procesado llevaba nueve años residiendo en España y que había trabajado en hostelería atendiendo a los clientes

Además, consideraba que la sentencia presentaba ausencia de motivación y que los medios probatorios no justificaban la condena, a lo que el TSJA responde que «la inferencia ha sido suficientemente desarrollada y de modo comprensible, que es lo determinante a los efectos de no causar indefensión», y añade que el jurado realizó su valoración probatoria «con razonada y razonable explicación de su convicción».

El resto de la sentencia dictada por la Audiencia en relación al crimen cometido el 16 de julio de 2015 queda confirmada en todos sus pronunciamientos.